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Nivel de alerta roja por peligro de incendios forestales en algunas zonas

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Zaragoza, 14 Ago. (EUROPA PRESS) -. La Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal del Gobierno de Aragón ha establecido este lunes, 14 de agosto, el nivel de alerta roja por peligro de .

Zaragoza, 14 Ago. (EUROPA PRESS) -.

La Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal del Gobierno de Aragón ha establecido este lunes, 14 de agosto, el nivel de alerta roja por peligro de incendios forestales en varias zonas de la Comunidad Autónoma.

En concreto, la zona forestal del Bajo Ebro, Depresión del Halón, Giroca-Galocanta, Maestrasgo, Moncayo y Aranda, Montes Univerzales, Muela de Alcubierre, Muela de Valmadrid, Muela de Zuera y Prepirineo Occidental, Puertos de Beceite, Rodeno, Sierra Ibéricas Central, Somontano Occidental, Somontano Oriental, Somontano Sur y Turia.

Las condiciones atmosféricas son inestables, secas o muy secas. Vientos flojos a moderados del sur y sureste, con posibilidad de rachas muy fuertes en zonas de desarrollo de tormentas, especialmente en la depresión del Ebro.

Son posibles tormentas por la tarde, principalmente en Pirineos, Cinco Villas e Ibérica, pero no se descarta que se extiendan a zonas limítrofes, por lo que se pide extremar la precaución en estas zonas por la posibilidad de incendios provocados por la caída de rayos. En total, 487 municipios están incluidos en el nivel de alerta roja previsto para hoy. La lista completa de municipios está disponible en NAPIF’https://www.aragon.es/-/nivel-de-alerta-de-peligro-de-incend.’.に掲載されている。.

En los municipios afectados se aplican varias prohibiciones, entre ellas la de incendios forestales. Se suspenderán temporalmente los permisos para el uso del fuego, las hogueras y los usos culturales y recreativos.

También se prohíbe el uso del fuego en áreas recreativas, áreas de descanso de la red de carreteras y campings (incluidos los lugares designados a tal efecto), así como la introducción y utilización de material pirotécnico en el medio forestal. También está prohibido arrojar o desechar objetos ardiendo.

Sólo se suspenden los permisos para eventos deportivos y actos públicos que tengan lugar en un entorno forestal si la resolución que los autoriza no estipula explícitamente condiciones específicas para que se desarrollen bajo ese nivel de vigilancia. En las zonas montañosas y a menos de 400 metros de las mismas, está prohibido el uso de aperos y maquinaria capaces de generar igniciones, chispas o descargas eléctricas, con algunas excepciones, como el uso de ahumadores en apicultura fuera del horario de 12:00 a 18:00 horas, en las condiciones establecidas en el Decreto AGM/681/2023.

También se permiten las operaciones de cosecha y empacado de cereales. Si estos trabajos se realizan a menos de 400 metros de una zona contigua de bosques, árboles y arbustos que supere las 100 hectáreas, deberán realizarse fuera de este horario, entre las 14:00 y las 18:00 horas, con las precauciones necesarias. En cualquier caso, deberá disponerse de al menos un tractor equipado con un mínimo de 1.000 litros de agua o con una grada o cultivador similar para extinguir el fuego en caso de incendio, a fin de garantizar una intervención rápida. Del mismo modo, se incluye la utilización de maquinaria agrícola para el corte y recolección de cultivos de abono verde, las operaciones agrícolas normales de mantenimiento de cultivos distintos a los referidos en el apartado anterior y las obras de reparación de emergencia para el restablecimiento de los servicios básicos en las condiciones especificadas en la Orden AGM/681/2023.

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