La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha multado con 10.000 euros al padre de un niño que suplantó la identidad de otro en Instagram. Tanto la víctima como el agresor tenían 13 años, una edad no punible en España.
El caso se inició a mediados de 2022, cuando la madre del menor presentó una denuncia ante la Guardia Civil, que fue trasladada a la AEPD. Según el testimonio de la mujer, alguien había creado una cuenta en una red social con la imagen de su hijo como foto de perfil y había subido a ella contenido pornográfico.
La AEPD pidió a Meta*, propietaria de Instagram, que facilitara la dirección IP desde la que se había creado la cuenta, y posteriormente el operador telefónico facilitó los datos del titular de la línea.
Cuando las autoridades españolas incoaron un expediente sancionador contra el titular de la cuenta, el hombre alegó que había sido su hijo de 13 años quien la había creado. Según el progenitor, la cuenta era una broma que sólo estuvo pública unas horas y no pretendía causar daño.
Sin embargo, la cuenta había estado pública durante más de dos meses, desde el 4 de febrero hasta el 22 de abril, y la AEPD se basó en el artículo 1903 del Código Civil, que establece que los padres son responsables de los daños causados por un menor a su cargo.
En su resolución del expediente sancionador, la AEPD estableció que el denunciado era responsable de la conducta del hijo menor, que se encontraba bajo la custodia de sus padres en la fecha de los hechos, ya que el custodio tiene el deber de vigilar la conducta de su hijo menor y es responsable del incumplimiento o cumplimiento insuficiente de este deber.
Además, los agravantes fueron que la imagen de la víctima se utilizó en un perfil que contenía imágenes de carácter sexual, que afectó al menor y que la intención fue lesiva.