Los organismos ejecutivos que se opongan a las sanciones aplicarán CC a los funcionarios públicos Doce artículos han seguido el Órgano Ejecutivo de la Cámara de Cuentas de la República Dominicana que los delegados deben conocer en el trabajo de las comisiones por disconformidad con la parte relativa al régimen de sanciones administrativas que puede imponer la Cámara de Cuentas. para funcionarios y agentes de organismos sujetos a su control. El poder ejecutivo muestra desacuerdo con las regulaciones.
La Comisión Permanente del Departamento de Contabilidad de la Cámara de Representantes tiene derecho a estudiar los artículos 29, 30, 31, 32, 35, 41, 42, 45, 53, 54, 82 y 90 del proyecto de ley enviado por el presidente Luis. Abinader envió al Congreso por su disconformidad con lo establecido en la norma que se debe implementar. Te puede interesar: Autoridades de salud pública identificaron 46 subvariantes de Covid-19 en los últimos meses La existencia de un fuerte régimen de sanciones administrativas para los jefes de organismos fiscalizados es fundamental para la eficacia de los controles externos, por lo que una fórmula La propuesta de sustitución de dicha disposición, que incluye una amplia categoría de infracciones administrativas, representa una comunicación del Ejecutivo Poder enviado al presidente de la Cámara de Representantes, Alfredo Pacheco.
Incluye observaciones sobre las facultades del pleno de la Cámara de Cuentas, sobre convocatoria, las facultades del presidente, vicepresidente y secretario general, así como las disposiciones sobre carreras administrativas especiales que regulan las actividades en materia de relaciones exteriores. agencia de control. fondo.
La nueva ley regulará las facultades de los miembros del Departamento de Auditoría y ampliará las normas relacionadas con sus funciones. Las observaciones del presidente Abinader quedaron registradas en el despacho 00300, de fecha 5 de enero de 2024.