Santo Domingo. -El Tribunal Superior Electoral (TSE) se declaró automáticamente incapaz de acoger el pedido de nulidad de ejecución de sentencia contra el Partido Fuerza del Pueblo y el Consejo Central Electoral. Se declara la inadmisibilidad porque los demandantes, Yohansen Miguel Mañón Martínez e Ygnacio Adalberto Espejo Ortega, no se encuentran en situación contenciosa activa, al no participar en el proceso que condujo a la sentencia TSE/0200/2023, la ejecución de la sentencia que les corresponde.
todavía continúa. Lea: Ven TSE viola Estatuto al intervenir en crisis de CARD Desestimada la excepción, el Tribunal ordenó continuar con la audiencia y juicio de fondo del caso No. 01-0019-2024 y dictó sentencia a favor de Fuerza del Pueblo.
La decisión de posponer la ejecución de la sentencia fue aprobada por unanimidad de los jueces. Mañón Martínez y Espejo Ortega, presentaron denuncia el 15 de enero de 2024 sobre la ejecución de la sentencia a través del abogado Félix Viola Medina, quien solicitó a la FP ejecutar la sentencia 0200/2023 según lo ordenado en el apartado ejecutivo de la misma. MARTES: DISPONER que el partido político Fuerza del Pueblo (FP) vuelva a presentar ante el Consejo Electoral de Santo Domingo Norte la propuesta de candidatos a concejales salientes por el municipio de Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo, de acuerdo con los resultados de la investigación realizada en octubre de 2100 veintitrés (2023), de los cuales ocho (8) cargos seleccionados deberán ser respetados, especialmente con la presencia del señor Luis Fermín Cruz Santos, titular de cédulas y mapas electorales.
225-00580168-3, es el asesor número 6. CUARTO: DISPONE que el partido político Fuerza del Pueblo (FP) utilice los cargos reservados o cedidos en las coaliciones, un total de nueve (9) candidatos, para elaborar una propuesta adecuada con equidad de género.