Pleno del Consejo Central Electoral durante una de las sesiones de trabajo con delegados de partidos políticos. /Fuente externa Santo Domingo.- La decisión del Consejo Central Electoral (JCE) de rechazar la recusación a su integrante, Rafael Vallejo Santelises, no tiene fundamento real y afecta la objetividad del organismo, advirtió el director del departamento jurídico del Partido. Sábado de la Liberación Dominicana (PLD).
José Dantés dijo que con este tipo de acciones se afecta la credibilidad de la Comisión Central Electoral, pero al final los propios electores dirán que no es el árbitro. También le puede interesar: PLD considera que miembro de la JCE tiene prejuicios contra el gobierno Reiteró que había razones más que suficientes para desafiar al pleno porque había hecho declaraciones predeterminadas sobre un tema delicado que todos los miembros del organismo que él asignó para organizar y los administradores de las ciudades administradas centralmente conocen. , legislativas y presidenciales el próximo mes de mayo.
Lo que queremos es excluirlo de estas discusiones por lo que ha dicho, porque es parte de un sindicato, no podemos hablar solos, no podemos hablar de un tema, el tema hay que resolverlo en el pleno y hay razones más que suficientes para cuestionarlo. Dantés dice: Actúan como un club de pana, amigos, solidaridad, ya sabes cómo pasa esto, que cuando una persona se siente agredida, otras quieren protegerla, argumentó. Agregó que lo que están diciendo es que lo que dijo el día 20 no demuestra que sea parcial, ni da una opinión preconcebida, escucha estas tonterías, ni dice que se posicione sobre algo que se está debatiendo.
, pero se ha debatido durante tres semanas, por lo que lo que pretende presentar es, es decir, antes de que el pleno lo sepa. Dijo que el artículo 210 de la Ley 20-23 del régimen electoral establece que el gobierno central y los alcaldes no pueden inaugurar proyectos 40 días antes de las elecciones. Destacó que Vallejo Santelises había expresado, el 20 de enero, una posición preconcebida sobre la prohibición de realizar campañas electorales, una expresión de parcialidad en los criterios de elegibilidad de un miembro de un órgano colectivo sobre un tema que ha sido debatido y denunciado durante semanas.
y comprometió así su imparcialidad, al no respetar las garantías mínimas del debido proceso, como la imparcialidad de jueces o autoridades administrativas, afirmó Dantés. El viernes, la JCE, mediante Resolución N° 7-2024, rechazó la impugnación del PLD al miembro del órgano electoral, Rafael Armando Vallejo Santelises, por afirmar que los actos de toma de posesión del gobierno en la campaña electoral no violan la ley electoral 20-2 . 3.
Dijo aceptar las acusaciones del PLD en la forma pero no en el fondo. La JCE rechazó con razón la recusación interpuesta contra su vocal oficial, Rafael Armando Vallejo Santelises, porque no era motivo para recusarlo, sostuvo.