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JCE informa arreglos para la realización de las elecciones municipales RD 2024

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20-23 de régimen electoral con motivo del aniversario de la Elección Municipal #RD2024 el 18 de febrero de 2024.

Santo Domingo, RD.- La Comisión Central Electoral (JCE) publicó este viernes un comunicado de prensa anunciando ciertos arreglos para el día de las elecciones municipales, las cuales no tendrán horario laboral a nivel nacional, además de enfatizar la prohibición de toda actividad política a partir del jueves 15 de febrero. Estas medidas están estipuladas en la ley orgánica No. 20-23 de régimen electoral con motivo del aniversario de la Elección Municipal #RD2024 el 18 de febrero de 2024.

ELECCIONES ORDINARIAS 2024 ELECCIÓN GENERAL DE LA CIUDAD DE LA REPÚBLICA DE DOMERCA La Comisión Electoral Central informa a la ciudadanía sobre las siguientes normas establecidas por la ley orgánica No. 20-23 de régimen electoral para la celebración de elecciones generales ordinarias el 18 de febrero de 2024 para el gobierno municipal electo. 1.

NATURALEZA NO LABORAL DEL DÍA DE LAS ELECCIONES El domingo 18 de febrero de 2024 no será día hábil en el territorio nacional, según lo estipula la ley orgánica N° 20-23 de régimen electoral en el artículo 229; En este sentido, cuando se trate de trabajos que no puedan suspenderse, el empleador estará obligado a hacer todo lo necesario para que todos los empleados y trabajadores que tengan capacidad de votar y que se encuentren en servicio tengan el tiempo necesario para hacerlo, sin esta excusa. no están sujetos a reducción alguna de salario y demás derechos que les correspondan. 2.

FIN DE LAS ELECCIONES A partir del mediodía del jueves 15 de febrero de 2024 quedarán estrictamente prohibidos los actos de reclutamiento, las manifestaciones públicas, ya sean en locales abiertos o cerrados, las manifestaciones públicas o reuniones de carácter político, la incitación a la campaña y la propaganda electoral. mediante prensa radiofónica y televisiva, anuncios, carteles, cortinas y otros medios similares. 3.

ESTÁ PROHIBIDA LA VENTA DE BEBIDAS Desde veinticuatro (24) horas antes de la votación, es decir, desde las 7:00 horas. el sábado 17 de febrero de 2024 no se podrá vender ni distribuir En ningún caso se deberá ingerir bebidas alcohólicas hasta las 12 horas posteriores a la finalización de la votación, es decir, hasta las 5 de la mañana. del lunes 19 de febrero de 2024.

No se encuentran comprendidos en este artículo los establecimientos hoteleros ubicados en zonas turísticas así como en otras localidades del país. 4. CRONOGRAMA DE PUBLICACIÓN DE LA ENCUESTA Durante los ocho (8) días anteriores a la votación, queda prohibida la publicación y difusión de encuestas de opinión o encuestas electorales.

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