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TSE declara improcedente solicitud de Ramfis Trujillo para ser candidato presidencial

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75-2023, rechazando la candidatura presidencial del candidato que el Partido de la Esperanza Democrática pretende presentar en octubre.

El Tribunal Superior Electoral (TSE) declara improcedente acción de protección de extrema urgencia interpuesta por el escrito de Ramfis Domínguez Trujillo, en la que solicitaba certificación de su candidatura presidencial para las elecciones presidenciales de 2024 elecciones, teniendo en cuenta el rechazo a la resolución de la Comisión Central Electoral (JCE). El tribunal estuvo presidido por Ygnacio Camacho e integrado por Rosa Pérez de García; Pedro Pablo Yermenos Forastieri; Fernando Fernández y Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez, interpusieron la decisión alegando que existe otra vía legal para reclamar los derechos supuestamente vulnerados. Gracias a la urgente acción de defensa del Partido de la Esperanza Democrática (PED), liderado por el sobrino del dictador Rafael Leónidas Trujillo, solicitó la certificación de su candidatura presidencial para las elecciones de 2024.

La solicitud fue presentada a través de su abogado Trajano Vidal Pontentini, quien solicitó al TSE ordenar a la JCE registrar a Ramfis Trujillo como candidato para las elecciones presidenciales de 2024. En este sentido, solicitan que sus nombres y fotografías aparezcan en las papeletas electorales y en los documentos, actas, trámites, citaciones, notificaciones y demás actuaciones administrativas que realice la JCE para la inscripción de candidatos a la elección de que se trate. Se sabe que la Comisión Central Electoral ha anunciado la resolución No.

75-2023, rechazando la candidatura presidencial del candidato que el Partido de la Esperanza Democrática pretende presentar en octubre. En un vídeo publicado en sus redes sociales el 11 de octubre, día de la presentación del candidato presidencial del Partido Democrático de la Esperanza ante la Comisión Electoral Central, Ramfis anunció que su candidatura sería aprobada por el Tribunal Supremo Electoral, que certifica definitivamente afirmando que la Presentación de Documentos al Proceso de la JCE es simplemente parte del proceso, afirmando que la ley electoral requiere que este paso se complete antes de que pueda proceder legalmente.

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