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JCE: Límite de gasto por candidato presidencial será de casi de 998 millones de pesos

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El límite de gasto por cada campaña electoral, cada partido, agrupación o movimiento político será equivalente a 1.75 RD$ por cada elector registrado elegible.

Cuando la Junta Central Electoral (JCE) dejó abierta esta semana el proceso electoral para las elecciones ordinarias generales, pautadas a celebrarse el próximo domingo 19 de mayo, señaló que los candidatos deberán someterse al régimen de tope de gastos y aportes individuales establecidos en la Ley número 20-23, Orgánica del Régimen Electoral.

En ese sentido, el órgano electoral precisó en la proclama el límite de gasto de los partidos políticos y los candidatos, por electores hábiles inscritos en el registro electoral a nivel nacional.

Para campaña por partidos políticos

El límite de gasto por campaña electoral, por partidos, agrupaciones o movimientos políticos, será equivalente a RD$ 1.75 por electores hábiles inscritos en el corte definitivo del registro electoral, de acuerdo con la proclama.

La totalidad de los electores hábiles para los próximos comicios son de 8, 145,548, por lo que el tope de gastos para cada partido asciende al monto total de RD$14, 254,709.

Para candidatos

Los topes de gastos de los candidatos para las elecciones serán diferentes para los candidatos presidenciales y congresuales.

La proclama establece que para los presidenciales el límite será de RD$122.50 por electores hábiles inscritos, en tanto, congresuales será de RD$105, por cada elector inscrito en el registro a nivel de la provincia o circunscripción correspondiente.

La JCE dejó claro que en el caso de los candidatos de diputación de ultramar se utilizó el mismo tope de gastos establecido en el nivel congresual, con la excepción de que serán convertidos a la tasa cambiaria de euros y dólares de los Estados Unidos de América vigentes.

La totalidad de los electores hábiles para los próximos comicios son de 8, 145,548, por lo que el tope de gastos presidencial total será de RD$997, 829,630.

La JCE afirmó en su artículo 221 que el candidato que exceda el 5% del tope de gastos de campaña, será sancionado con una multa equivalente al triple del monto excedido.

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