Las elecciones presidenciales se refieren principalmente a los vastos poderes que conlleva el cargo de Presidente de la República, expresados por la representación del Estado o de la mayoría del pueblo dominicano, así como la jefes de estado y de gobierno. Estos poderes son más amplios que los que tienen el presidente y el primer ministro en un sistema parlamentario. Eso significa que, por su importancia, las elecciones que tendrán lugar en mayo de 2024 superarán a las municipales o locales, como ocurrió el 18 de febrero de 2024.
Además, los municipios no son una cuarta parte del poder, sino una simple sucesión de gobiernos locales y es por esto que los gobiernos municipales son elegidos por mayoría cada cuatro años, en febrero, para tomar posesión el 24 de abril de ese año (ver artículos 199, 122, 128, 140, 199 y 275 de la Constitución). El Presidente y el Vicepresidente serán elegidos o reelegidos en primera vuelta siempre que sean elegidos por mayoría absoluta y no por mayoría simple. Esta mayoría absoluta se compone de más de la mitad de los votos válidos emitidos por cada ciudadano en la votación en las urnas del 19 de mayo de 2024.
El cálculo de la mayoría absoluta no se realiza teniendo en cuenta a los ciudadanos que no votan. y aparecen en el censo o registro electoral que contiene a todos los ciudadanos con derecho a votar. En caso de que la segunda vuelta se lleve a cabo en la última semana de junio de 2024, solo participarán los dos candidatos que obtuvieron el mayor número de votos válidos en la primera vuelta, sin permitir modificaciones a alianzas o alianzas firmadas o nuevas.
aquellos. Además, si uno de los candidatos con derecho a participar en dicha segunda vuelta retira su participación en esta elección, el candidato restante que permanezca en la contienda será declarado gran ganador sin que sea necesario avanzar a la segunda vuelta. .
respectivamente (ver artículos 209 y siguientes de la Constitución, 265 y siguientes de la Constitución). de la Ley Orgánica Electoral No. 15-19 y Ley 20-2023).
Es necesario que en las próximas elecciones del 19 de mayo de 2024, la Comisión Electoral Central y la Fiscalía especializada en investigar y perseguir a los delincuentes sancionen según lo que marca la ley por tales actos de compra y venta de tarjetas de elector. votos, así como cualquier otra violación prescrita por la ley electoral (véanse los artículos 284 a 290 de la ley básica sobre el régimen electoral No. 15-19).
De esta manera se podrá respetar la verdadera voluntad del pueblo al momento de votar, ya que votarán por quien dirigirá la política interior y exterior del país, las autoridades civiles y militares, es el organismo supremo de nuestro gobierno. . el ejército, la policía nacional y otras fuerzas de seguridad del Estado; Asimismo, el Presidente electo en estas elecciones presidirá durante el período 2024-2028 el Consejo de la Judicatura Nacional, órgano estatal que tiene la función de remover y nombrar a todos los magistrados de la Corte Suprema: a) Designará a 16 miembros de la Corte Suprema Tribunal: la Corte Suprema de Justicia, incluyendo al Presidente, el primer y segundo suplentes en sustitución del Presidente de la SCJ, quien ejecutará el ejercicio de sus funciones por un período de siete (7) años; b) 8 de 13 jueces integran el Tribunal Constitucional, con un mandato de 9 años; c) 5 magistrados del Tribunal Superior Electoral y sus suplentes, por un período de 4 años y d) nombrará también al Fiscal General de la República y a la mitad de sus fiscales suplentes (ver artículos 128 y siguientes, 171 y siguientes, 178 y disposiciones de la Constitución).
En definitiva, el pueblo dominicano tiene la obligación y el derecho de votar en ejercicio de la soberanía popular el 18 de mayo de 2024. La consolidación de la democracia dominicana dependerá del respeto a la Constitución y al Estado de derecho, dado que de esa manera, la forma más transparente y pueda tener lugar un proceso electoral democrático, garantizando la libertad, la transparencia, la equidad y la objetividad de las próximas elecciones.