MONTE PLATA.- El Tribunal Superior del Distrito Judicial condenó a un hombre declarado culpable de agredir sexualmente a una niña que tenía le comunica tres años de prisión a través Aplicaciones de mensajería instantánea de redes sociales. Luis Elías Vicioso Heredia (Tanito), de 32 años, por hechos contra una menor de 9 años, cuyo nombre no se menciona para proteger su identidad. Afirma que Vicioso Heredia no logró su objetivo final, que era tener relaciones sexuales con una menor, debido a la supervisión que ejercía su familia, como tutora y tutora de la joven.
También señaló que el atacante le pidió a la víctima que borrara el contenido de la conversación que estaba teniendo para evitar problemas y nadie se enteraría. Ver más: Condenan a 15 años de prisión a hombre que violó y embarazó a una niña La sentencia fue anunciada con ocasión de una acusación pública por parte de la Fiscalía, representada por el fiscal Iván Vladimir Féliz Vargas, actual fiscal electoral en funciones y quien, en el marco de este caso, tiene a su cargo la persecución especializada de hechos delictivos. y delitos de alta tecnología (Pedatec), y la fiscal de este organismo especializado, Belkis Ulloa, así como los fiscales de Monte Plata, José del Carmen García Hernández y Ángela Contreras Albuéz.
La verdad se acredita con diversos elementos probatorios, entre ellos dispositivos electrónicos, gracias a los cuales el tribunal integrado por los jueces Hilda Nieves Sánchez Luna (presidenta del tribunal), Isaías Ronaldo Martínez Pérez y Félix Manuel Reyes Vásquez, pudo acreditar que el imputado L cometió agresión sexual contra la niña, que ahora es menor de edad. Vicioso Heredia, quien deberá cumplir su pena privativa de libertad en el Centro de Rehabilitación y Rehabilitación (CCR) de Monte Plata, fue condenado por violar lo dispuesto en el artículo 23 de la ley 53-07 sobre delitos y delitos de alta tecnología, así como por delitos de alta tecnología. crimen tecnológico.
Artículo 396, letra C, del Código sobre el régimen y protección de los derechos fundamentales de la niñez y la adolescencia (ley 136-03)