Política

JCE: Empresarios deben permitir votar a sus empleados

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20-23 La Autoridad Electoral, en el artículo 229, establece que el día en que se realice la elección no será hábil en el territorio nacional.

Votar es un derecho fundamental de todo ciudadano y debe permitirse, ni siquiera permitir que una persona vote es un delito electoral, declaró Chami Isa en entrevista en el programa de televisión Uno+ Uno, transmitido por Teleantillas, canal 10. Enfatizó que la ley no. 20-23 La Autoridad Electoral, en el artículo 229, establece que el día en que se realice la elección no será hábil en el territorio nacional.

Sin embargo, dice: Cuando se trata de empleo no suspensible, los empleadores estarán obligados a hacer todo lo necesario para garantizar que todos los empleados y trabajadores tengan la capacidad de votar y quienes los presten tengan suficiente tiempo para trabajar. tanto tiempo como sea posible. .

es necesario hacerlo sin pérdida de salario y demás derechos que les correspondan. (El artículo 312 estipula: Delito de restricción del derecho a elegir. Las personas cuyos empleados, trabajadores y otras personas tengan derecho a elegir, sufrirán la vía del despido o amenaza de despido o por la imposición de sanciones o reducción de salario o cualesquiera otros beneficios que se les concedan de manera gratuita.

ejercer o impedir el derecho al voto, añadió el juez. Enfatizó: Hay que respetar ese derecho, el derecho del empleado a saber que debe dejarle votar. Ahora es el momento de aprender a respetar los derechos de todos los ciudadanos.

Además, el miembro titular de la JCE pidió a los empresarios ser flexibles y permitir que los empleados también trabajen en diferentes colegios electorales en la madrugada del lunes 20. Sé flexible con este empleado, dice, y si tienes que darle trabajo el lunes, dáselo.

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