Santo Domingo. – Sólo 127 funcionarios electos, reelegidos y salientes declararon sus bienes dentro del plazo establecido.
El plazo expiró oficialmente el pasado viernes 24 de mayo. Sin embargo, el sábado 25 se produjo una prórroga debido a La gran presencia de declarantes completando algunos datos faltantes reportó el jueves y viernes, informes contables del Departamento de Contabilidad de República Dominicana.
198 otros declarantes vieron sus declaraciones devueltas porque habían sido preparadas ante notario bajo la ley derogada 82 -79, por falta de documentos de respaldo, especialmente certificados bancarios, o porque fueron enviados a los representantes pero no se pudieron responder o aclarar sus dudas. de lo depositado.
Ley 311-14, que establece un sistema nacional uniforme y autorizado para la declaración de bienes de los empleados públicos y empleados públicos y reglamenta su desarrollo. Esta ley, No. 92-16, establece un plazo de 30 días naturales para estas actuaciones. Para los funcionarios electos de la ciudad, el plazo comienza el 25 de abril, al día siguiente de asumir sus cargos, explica Génesis Bello, directora de declaraciones juradas. declaración en las próximas semanas; La ley y su reglamento específico lo permiten, sabiendo que proceden a presentar la declaración jurada tarde, lo que significa que presentarán la declaración fuera de plazo”, agregó.
A partir del 25 de abril vence el plazo para La declaración de estos funcionarios comenzó a correr. “Sin embargo, en las primeras dos semanas hubo muy pocas solicitudes de preinscripción o registro de usuarios, y la semana pasada aumentó la actividad de los registrantes en el acceso al sistema”, dijo Bello. para los funcionarios municipales electos y reelegidos, aproximadamente 2.500 deben presentar juramento de cargo o actualizar sus datos
“Es importante recordar que la obligación de presentar una declaración El juramento también se aplica a la persona que sale . él dijo.
«Aclaró que, en caso de que al declarante le falten uno o dos documentos, siempre que hayan sido entregados durante el período de trabajo, el artículo 12, inciso, Reglamento d. La aplicación de la ley a Se le concedió un diez- prórroga de un día para completarlo, afirmó: Algunos de los expedientes fueron devueltos porque no cumplieron con los requisitos formales y de fondo que establece la Ley 311-14 en esta materia juramento patrimonial”, declaró. -14 prevé en el artículo 30 el derecho a deducir el salario. Lo que pasa es que a nivel común los funcionarios entienden que esto sólo aplica para los funcionarios pagados a través del Tesoro Nacional. Sin embargo, el Reglamento establece claramente que para los servidores públicos que no perciben sus salarios a través del Tesoro Nacional, quien los paga sólo debe recibir notificación del Departamento de Contabilidad, como órgano rector, de que no rechaza estos pagos. . . «, añadió el directivo.