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Diputados aprueban proyecto de cláusula de conciencia para proteger a periodistas

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Sin embargo, cabe señalar que la nueva orientación afecta su aplicación dentro de un marco intelectual y ético.

El artículo propuesto por el diputado Tobías Crespo obtuvo 105 votos a favor, luego de que los diputados apoyaran el informe del diputado Elpidio Báez, presidente de la comisión preparatoria de medios.
La Cámara de Representantes aprobó ayer en primera lectura un proyecto de ley para garantizar la cláusula de conciencia como un derecho de periodistas y locutores de medios nacionales. El artículo propuesto por el diputado Tobías Crespo obtuvo 105 votos a favor, luego de que los diputados Respaldó el informe elaborado por el diputado Elpidio Báez, presidente de la comisión de comunicaciones
Según la iniciativa, esto permitirá a los periodistas recibir una compensación equivalente a los casos de renuncia, cuando la empresa donde laboran vulnere su libertad. de pensamiento y otros aspectos

Específicamente, el artículo 8 detalla los casos en los que los periodistas pueden utilizar el Código del Trabajo y la Ley de la Función Pública contra personas que trabajan en organismos públicos, para proteger sus derechos.
Invocación
Los expertos en comunicación social invocarán la cláusula de conciencia ante los tribunales cuando “un cambio sea notorio y significativo” que se produzca en el entorno en la naturaleza de las publicaciones, programas, flujos de información o flujos ideológicos. Se aplica siempre que el cambio constituya una situación «que pueda» dañar el honor, la reputación o los intereses morales.

Aunque el redactor jefe también tiene autorizado el derecho a hacerlo cuando se produzca un cambio de titularidad. ocurre en los medios. Sin embargo, cabe señalar que la nueva orientación afecta su aplicación dentro de un marco intelectual y ético.

Finalmente, en caso de que un grupo empresarial tenga más de un medio de comunicación, el grupo debe cuidarlo. «orientación profesional» del periodista si lo traslada de una plataforma a otra, porque de lo contrario el interesado puede dimitir sin sanciones legales.
«En casos específicos, cuando la empresa u organización transfiere al periodista a otro medio del mismo grupo, según su género o línea, representando una clara ruptura con la dirección profesional del informativo”, señala el número tres de este artículo.

Por otro lado, el documento Se establece claramente que las empresas o entidades propietarias de medios de comunicación no pueden implementar la cláusula de conciencia contra los periodistas.

«La cláusula de conciencia no está diseñada para ser retroactiva», protegiendo sólo a los formadores de opinión y otros expertos que brindan información a los ciudadanos.

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