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SCJ sólo absolvió a dos sobornadores condenados

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La Corte Suprema de Justicia (CSJ) absolvió a Víctor Díaz Rúa y Ángel Rondón de todos los hechos presentados por el fiscal en el caso 92 millones de dólares de soborno ofrecido por la SCJ.

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) absolvió a Víctor Díaz Rúa y Ángel Rondón de todos los hechos presentados por el fiscal en el caso 92 millones de dólares de soborno ofrecido por la SCJ. La constructora brasileña Odebrecht supuestamente pagó en el país y ordenó la devolución de todos los bienes confiscados allí, así como el levantamiento de todas las restricciones a la circulación de personas y fondos, y otras medidas.

La Sala Penal. de la Corte Suprema, presidida por el juez Francisco Antonio Jerez Mena, dictó su propia sentencia en el caso Odebrecht, con base en la verificación de los hechos presentados establecida por la sentencia dictada por la tercera sala penal de la Corte. . El recurso de apelación del Distrito Nacional, interpuesto por Díaz Rúa, Rondón y el propio diputado; y se incluye prueba documental.

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Se recuerda que el 14 de mayo de 2021, la Primera Universidad de la Nacional Juzgado de Distrito mediante sentencia número …….condenó a Rondón a 8 años de prisión suspendida por corrupción y lavado de dinero; Díaz Rúa 5 años de prisión por enriquecimiento ilícito y blanqueo de capitales; y la absolución de Conrado Pittaluga y Tommy Galán

Díaz Rúa, Rondón y la Fiscalía Anticorrupción (PEPCA), apelaron y el 19 de mayo de 2023, la Segunda Sala Penal tres de la Corte confirmó eso en todos sus juicios. cada parte bajo el número de sentencia 502-01-2023-SSEN-00048, la cual se entiende con suficiente justificación.

Es a partir de esta última sentencia que ambos fueron condenados y se apeló PEPCA ante el tribunal (SCJ ), que se casó con ella el 31 de julio de este año y tomó directamente su propia decisión sobre el caso.

En su decisión, los jueces Jerez Mena, Nancy I. Salcedo Fernández, Fran Euclides Soto Sánchez y María G. Garabito Ramírez, rechazó en primer lugar el recurso de apelación del PEPCA, encabezado por su dirigente Wilson Camacho, y confirmó la sentencia eximente de responsabilidad penal a favor de Pittaluga Arzeno.

De igual manera, declararon en contra el recurso de Díaz Rúa y Rondón. dicha sentencia pudo ser aceptada y «no remitió la sentencia en disputa y resolvió directamente el caso, con base en la verificación de los hechos establecidos por la sentencia en disputa y la prueba documental incluida, por tanto, la Absolución de Víctor José Díaz Rúa y Ángel Rondón». Rijo con base en las circunstancias que atribuye a la acusación no probada, como lo exige el artículo 337.

En su decisión marcada con el número SCJ -SS -240969, los jueces del tribunal superior también ordenaron poner fin a todas las medidas coercitivas. medidas contra los imputados Díaz Rúa y Rondón; ordenar la devolución de todos los bienes decomisados ​​a ellos, así como el levantamiento de todas las objeciones, medidas restrictivas, órdenes de congelamiento de fondos, cancelación y cancelación de todos los registros u objeciones y medidas preventivas, así como la devolución de dos bienes relacionados.

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