El veredicto, anunciado el viernes pasado y pronunciado el 31 de julio, también ordenó devolver todos los bienes confiscados al acusado, así como levantar todas las restricciones al movimiento de personas y fondos, entre otras medidas.
Con motivo aceptó el recurso de apelación de Díaz Rúa y Rondón, CSJ, presidido por el juez Francisco Antonio Jerez Mena, declarando que el tribunal de primera instancia y el tribunal de apelación había violado la Constitución y la ley, malinterpretado, revertido pruebas incriminatorias, creando contradicciones, inferencias, desmotivación y otras deficiencias
Eso es recordarlo. El 14 de octubre de 2021, el Juzgado de Primer Nivel del Distrito Nacional condenó a Ángel Rondón a ocho años de prisión suspendida por corrupción y lavado de dinero, y a Víctor Díaz Rúa a cinco años de prisión por enriquecimiento ilícito y lavado de dinero. En el mismo veredicto fueron absueltos Conrado Pittaluga y Tommy Galán.
Díaz Rúa y Rondón, así como el Ministerio Público Especializado en Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA), apelaron el veredicto. El 19 de mayo de 2023, la Tercera Sala Penal de la Corte de Apelaciones aprobó la totalidad de la decisión mediante sentencia No. 502-01-2023-SSEN-00048, considerando que existía causa suficiente para sustentarla.
Este veredicto fue nuevamente apelado por los dos condenados y PEPCA ante la Corte Suprema de Justicia (SCJ). El 31 de julio del presente año, la SCJ revocó la sentencia y emitió su propia decisión sobre el caso.
En su resolución, los magistrados Francisco Antonio Jerez Mena, Nancy I. Salcedo Fernández, Fran Euclides Soto Sánchez y María G. Garabito Ramírez desestimó el recurso de apelación del PEPCA, encabezado por Wilson Camacho, y confirmó la exoneración de Pittaluga Arzeno.