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Asamblea Nacional adopta reforma a la Constitución de RD

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O representantes electos.Estas elecciones se llevarán a cabo el tercer domingo de mayo.Se incluyen disposiciones transitorias en los artículos.

SANTO DOMINGO.- La Asamblea Nacional aprobó hoy una reforma a 11 artículos de la Constitución de la República Dominicana, la cual ahora será transmitida al Poder Ejecutivo para su promulgación por el presidente dentro de 15 días .

La modificación del estatuto y la incorporación de una serie de disposiciones transitorias recibieron la aprobación de la mayoría del partido gobernante, contribuyendo a duplicar el número de miembros de la asamblea de oposición. Ahora, el artículo 209 de la Carta Magna estipula que el colegio electoral se abrirá cada cuatro años para elegir al presidente y vicepresidente de la República, representantes legislativos, parlamentarios de organismos internacionales, autoridades municipales y otros funcionarios. o representantes electos.

Estas elecciones se llevarán a cabo el tercer domingo de mayo.

Se incluyen disposiciones transitorias en los artículos. También se aplicó la ley constitucional que prohíbe al líder electo. el tercer domingo de mayo de 2024 (Luis Abinader), candidatos al mismo cargo, así como al cargo de vicepresidenta de la República (Raquel Peña).

La Asamblea Nacional ha determinado que Ninguna modificación de las leyes podrá referirse a la forma de gobierno establecida en el artículo 4 y siempre será popular, civil, republicana, democrática y representativa.

Indica que tampoco se podrán realizar modificaciones respecto de las reglas del elección presidencial prevista en el artículo 124 de la Constitución de esta ley.

Sobre el ejercicio del derecho al sufragio, se estipula que éste finaliza el 16 de agosto de cada cuatro años, fecha de inicio de las respectivas elecciones. periodo constitucional.
Otros. Los artículos reformados son 169 y 171. El artículo primero define que el fiscal es el órgano del sistema de justicia encargado de formular e implementar la política de persecución penal de los delitos, dirigir las investigaciones penales y tomar medidas públicas respecto de conductas ilícitas. en nombre de

Mientras, el artículo 171 establece que el presidente del país tendrá 100 días desde el inicio de su mandato para proponer al Consejo de la Judicatura Nacional una persona designada como Ministro de Justicia. República y siete personas serán designadas como fiscales adjuntos, de conformidad con lo dispuesto en la ley.

En cuanto al número de diputados, la Cámara se ha reducido en 20 y estará integrada por 170, de los cuales 158 elegidos por las circunscripciones territoriales, mientras que cinco delegados serán elegidos por acumulación de votos y siete delegados serán elegidos por representantes de la comunidad dominicana en el exterior.

En la nueva Constitución, el Ministro de Justicia Administrativa es el representante permanente de la Administración Pública ante la Autoridad Administrativa Contenciosa.

Asimismo, la Fiscalía General de la Administración es un órgano subordinado al Poder Ejecutivo.

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