La Paz (EFE).- El Tribunal Constitucional Pluralista de Bolivia emitió un fallo confirmando que la reelección en el país es puntual, continua o intermitente, según el expresidente Evo Morales (2006-2019) no puede postularse para presidente en 2025.
Decreto constitucional, firmado por los jueces René Espada y Gonzalo Hurtado, estipula que los órganos electos de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial tienen «el ejercicio de sus funciones sólo en dos mandatos, continuos o intermitentes, sin posibilidad de extensión a una tercera misión». En respuesta a los pedidos de ampliaciones y modificaciones de algunos legisladores, se destacó que la Constitución promulgada en 2009, impulsada por Morales, buscaba «evitar la larga existencia de un presidente, en el caso del legislativo (y) del ejecutivo». En total más de diez años”.
Esto afecta la intención de Morales de volver a postularse para presidente, ya que ha gobernado Bolivia en tres ocasiones (2006-2009, 2010-2014 y 2015). La Constitución de diciembre de 2023 El decreto establece que en Bolivia el presidente y el vicepresidente sólo podrán ser elegidos y ejercer sus funciones por dos mandatos, consecutivos o interrumpidos, y no hay reelección indefinida y “Es decir. No es un derecho humano para nadie, porque nunca más podrá ser presidente en su vida”, enfatizó Gutiérrez.