Antoliano Peralta Romero, Persio Maldonado y Aníbal de Castro analizan la ley,
Nuevo fracaso del gobierno, con polémica Ley 1-24 Dirección de Inteligencia Nacional (Ley DNI), derogada por el Tribunal Constitucional (TC), dedicada a otras actividades de “cancelación”, retiro y abolición. normas que en su momento provocaron muchas críticas por parte de la sociedad.
Aunque el asesor jurídico del organismo ejecutivo afirmó que el Tribunal Constitucional basó su decisión en deficiencias procesales equivocadas, pero desde el principio hubo consenso en que esto regulación violaba derechos humanos básicos.
El artículo 11 de la ley obliga a todas las agencias estatales, la organización privada o el individuo deben proporcionar la información a DNI sin orden de juez.
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Presidente Asociación Prensa Dominicana (SDD), Persio Maldonado Expresó que “La Corte Constitucional fue clara al determinar que esta norma, además de violar derechos fundamentales como la libertad de expresión y la privacidad, debe ser ratificada. Su aprobación es una ley orgánica”. porque constituye un tema de seguridad nacional.»
Según sentencia TC/0767/24, se derogó la Ley 1-24 de la Dirección de Inteligencia Nacional (DNI) debido a un error en la aprobación proceso porque fue aprobada como ley convencional, como orgánica
Las leyes orgánicas deben ser leyes que afecten los derechos humanos básicos y para ser aprobadas, necesitan tener 2/3 de las personas presentes presentes en la sesión
11 de septiembre pasado, después de más de ocho meses de discusión, un comité integrado por los campos del periodismo, la sociedad civil, los empresarios, el gobierno y los abogados se ha llegado a un acuerdo sobre las posiciones de reforma. ley 1-24, creó la Dirección de Inteligencia Nacional (DNI), lo que violó el derecho a la libertad de expresión.
Durante una reunión en el diario Listín Diario, el presidente de la Asociación Asociación de la Prensa Dominicana ( SDD), Persio Maldonado expresó que es posible desarrollar una versión que supere las ambigüedades del reglamento.
El 13 de noviembre el Senado La República lo ratificó en segunda lectura del proyecto de ley que modifica la ley. 1-24, que establece el marco legal de la Dirección de Inteligencia Nacional (DNI), emitida por primera vez el 15 de enero de 2024.
Esta iniciativa tiene como objetivo actualizar y fortalecer el sistema de inteligencia del Estado, adecuando disposiciones a satisfacer las necesidades de seguridad nacional.
Encuentre formas de modificar más de cinco disposiciones del reglamento, incluido el número 1 sobre tema y delito vi, que indica que la ley que crea el DNI tiene como objetivo establecer el marco jurídico del sistema de inteligencia del Estado, previsto en el artículo 261 de la Constitución de la República, así como establecer la Dirección Nacional de Inteligencia, como directora del organismo del sistema. .
El asesor jurídico del director de Poderes, Antoliano Peralta, aclaró que el TC tomó la decisión con base en el error procesal ocurrido en el trámite legislativo de esa norma no cuestionó su contenido ni identificó una violación de derechos de principios fundamentales.
Afirmó que la ley había sido aprobada por ambas Cámaras con la mayoría necesaria. «Pero no ha completado los trámites necesarios para convocarla y considerarla como ley fundamental». Explicó que entre los defectos citados en el fallo, el funcionario dijo que la Corte concluyó que el Congreso no convocó explícitamente a las sesiones apropiadas para discutir la ley básica.