El gobierno dominicano ha emitido un decreto para proteger la producción nacional de arroz y dejar de importar arroz libre de impuestos desde Estados Unidos a partir de 2020. 2025, según lo estipulado en el Tratado Libre Acuerdo de Acuerdo Comercial. entre República Dominicana, Estados Unidos y Centroamérica (DR-Cafta).
Gracias a este decreto se mantienen las condiciones actuales para la importación de arroz, pagando solo cero aranceles por la cantidad fijada dentro del Arancel Cupo de 23.300 toneladas de arroz originario de Estados Unidos y el resto importado a una tasa de arancel del 99%.
«A través del decreto 693-24, el gobierno Gobierno asegura que el arroz producido en República Dominicana seguirá asegurando el sustento de miles de familias dominicanas, garantizando la seguridad alimentaria del país en un entorno internacional turbulento y ante la inestabilidad económica mundial en este país”, afirmó Víctor. Bisonó, Ministro de Industria, Comercio y Mipyme.
Explicó que luego de investigaciones y análisis, el gobierno utiliza el artículo 21.2 del Cong El convenio DR-Cafta permite el uso de derechos para proteger la seguridad alimentaria y nutricional del país utilizando herramientas similares a las utilizadas por otros países.
Señaló que la publicación del decreto ‘no afecta los compromisos asumidos en el marco del comercio internacional e implementados en el marco del diálogo y la cooperación con todas las partes relevantes
Bisonó dio los detalles. Este detalle durante una conferencia de prensa en presencia del presidente de la Federación Nacional de Productores de Arroz (Fenarroz), Marcelo Reyes, quien lo anunció. Están satisfechos con las medidas tomadas por el gobierno para mejorar la seguridad alimentaria y proteger a la gente.
Dijo que actualmente hay suficiente producción y reservas para satisfacer las necesidades de consumo nacional y se han realizado esfuerzos. el Estado, los fabricantes y la industria.
El Decreto 693-24 toma en cuenta la ley 589-16, que crea el Consejo Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria, alimentación y nutrición (Conassan), modificada por la Ley 75.-24, de 2 de diciembre de 2024, por la que se crea el Sistema de Soberanía Nacional y Seguridad Alimentaria y Nutricional (Sinassan) en la República Dominicana. Establece los principios de la soberanía alimentaria, la protección y promoción de los mercados y la producción nacionales, así como el deber del Estado de proteger este derecho fundamental.
He aquí la razón por la cual, al promulgar el decreto, según Según la explicación del Ministro de Industria y Comercio, las condiciones actuales sobre los derechos de aduana pagaderos sobre el arroz importado permanecen sin cambios.
En el artículo 1, el Decreto establece claramente: “Previsto para aplicar para productos a base de arroz (S.A. 1006.10.00, 1006.20.00, 1006.30.00 y 1006.40.00), los aranceles se establecen en la Lista XXIII de la República Dominicana ante la Organización Mundial del Comercio (OMS), otorgando subvenciones de 20 � valorem dentro de la cuota y 99 � valorem fuera este.»
El artículo 2 establece: «Cuota preferencial de 23.300 toneladas (TM) con impuesto al valor cero para productos de arroz (S.A. 1006.10.00, 1006.20.00, 1006.30.00 y 1006.40.00) originarios de los Estados Unidos, y además de esta cuota, los aranceles de nación más favorecida (NMF), equivalente a 99 valorem.»
Si bien el artículo 3 dice: «La aplicación del derecho aduanero NMF 99 � valorem será aplicable a los productos de arroz (S.A. 1006.10.00, 1006.20.00, 1006.30.00 y 1006.40.00) con origen en la República de Nicaragua». su vigencia hasta que el Consejo Nacional para la Soberanía y la Seguridad Alimentaria y Nutricional (Conassan) recomiende «Que» lo contrario, según consideraciones presentadas en el nuevo informe de la Secretaría Técnica sobre Soberanía, Seguridad Alimentaria y nutrición”.
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