La Corte Constitucional de la República Dominicana ha emitido un fallo muy impactante que podría redefinir la participación política en este país. La demanda, conocida como TC/0788/24, declaró inconstitucionales los artículos 156 y 157 de la Ley 20-23 relativos al régimen electoral, que estipulan restricciones a los candidatos independientes.
Esta decisión sigue. una acción de inconstitucionalidad presentada por Alberto Emilio Fiallo-Billini, quien argumentó que estas normas “violan principios constitucionales como la participación consensual intereses, igualdad de derechos de los partidos políticos y pluralismo político. votar y ser elegido.
Impactos e hitos
En esencia, el fallo podría allanar el camino para una mayor diversidad en las opciones políticas, así como fortalecer el principio de participación ciudadana. , eliminando requisitos como la formación de «marcos de gobernanza fijos» similares a los de las organizaciones políticas, para los candidatos independientes
En el caso de la nominación. votantes, esto podría significar un aumento en las opciones políticas, especialmente en un contexto donde los partidos tradicionales a menudo dominan el panorama electoral. La capacidad de los ciudadanos de presentar sus propuestas de forma independiente, independientemente de las estructuras partidistas, generará mayor interés y nuevas opciones.
Aunque se presentó como una idea democrática, el éxito de este cambio dependerá en gran medida de la implementación de medidas que garanticen la igualdad de condiciones para los candidatos independientes, así como los ajustes necesarios en los procesos legislativo y electoral elección.
Los candidatos independientes plantean desafíos importantes, como la viabilidad financiera y organizativa. Es importante que las autoridades electorales establezcan mecanismos claros y accesibles para garantizar que estas nuevas opciones no sólo existan en el papel sino que sean realmente competitivas.
El fallo de la Corte Constitucional marca un hito importante en la democracia histórica de la República Dominicana. Su impacto real dependerá de cómo los actores políticos, los electores y las instituciones electorales adopten esta nueva realidad.
La decisión del TC
Durante el proceso de ratificación, nueve jueces del Tribunal Constitucional votaron en a favor de eliminar estos requisitos, que exigen que los candidatos independientes hagan lo mismo que los partidos políticos, pero dos personas votaron en contra porque pensaron que era una sesión plenaria ha excedido sus poderes y ha asumido las funciones del poder. Legislativo.
La sentencia concluyó que existía una «desconexión» entre el título y el contenido de los artículos en disputa, porque la capacidad de participar en calidad independiente era una condición para constituir una organización política.
«El mecanismo para presentar candidatos independientes requiere la formación de grupos políticos contingentes, estructurados de manera similar a los partidos políticos tradicionales. Esto distorsiona la imagen de los candidatos independientes y limita su accesibilidad a quienes quieran elegir este camino”, afirma el fallo.
Tribunal Constitucional La ley propone revisar la nueva redacción de los artículos 152 y 157 para determinar las condiciones requeridas para presentar un candidato independiente en los siguientes procesos electorales.
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