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Un experto explica si será necesario cambiar la constitución para dar oportunidad a los candidatos independientes

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Son elegidos cada cuatro años por la población de su zona de responsabilidad en la forma que determine la ley.

El abogado constitucionalista Cristóbal Rodríguez aseguró este jueves que es necesaria una reforma a la Carta Magna para implementar la nueva sentencia de la Corte Constitucional, que abre la puerta a la creación de candidaturas independientes.

Explicó en. Al respecto, la Constitución define claramente las organizaciones que deben confluir en el escenario de la participación política.

«Creo que la decisión de la La Corte Constitucional, por cierto bien intencionada, probablemente esté motivada más por la crítica que por «cosas sensatas que se puedan hacer para reestructurar el sistema de participación política», dijo Rodríguez en entrevista con el programa El Día, transmitido por Telesistema 11.
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En ese sentido, mencionó los artículos que señalan que las aspiraciones independientes están fuera del programa electoral.

» Considero que la Constitución no lo permite en este ámbito, principalmente porque el artículo 216 de la Carta Magna “establece solamente tres tipos de candidatos dentro del sistema”, enfatizó el experto.

Rodríguez dijo en En este sentido, existe un «marco de reglas» que permite grupos exclusivos.
«La premisa es que sólo los partidos nominan candidatos y para dar preferencia a una determinada clase de partidos minoritarios es necesaria una diversificación de la Cámara de Diputados.» «

Artículo 201:
Los partidos o agrupaciones políticas, regionales, provinciales o municipales, se presentarán a las elecciones municipales y locales para alcaldes, concejales, directores y sus adjuntos, y miembros del consejo de conformidad con la Constitución. y las leyes que rijan la materia.

Número de concejales y sus suplentes Se determina por ley en proporción al número de habitantes, pero en ningún caso podrá ser inferior a cinco para los distritos regionales y municipios y nunca menos de tres para los distritos municipales. Son elegidos cada cuatro años por la población de su zona de responsabilidad en la forma que determine la ley.

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