Este contenido fue hecho con la asistencia de una inteligencia artificial y contó con la revisión del editor/periodista.
Entre los puntos clave del proyecto se encuentra la tipificación de más de 70 nuevos delitos, muchos de ellos no están contemplados en la legislación actual.
Uno de los artículos más debatidos es el Artículo 198, que penaliza la invasión de la intimidad. Según el texto, cualquier persona que capture o difunda fotos o videos de carácter confidencial sin autorización será sancionada con penas de cárcel de quince días a un año.
La agresión sexual entre adultos será castigada con uno a dos años de prisión, mientras que si este acto se comete contra un menor de edad, la pena se eleva a 10 y 20 años.
El homicidio culposo, que actualmente establece penas de tres meses a dos años, fue elevado de 2 a 3 años de prisión.
Otras de las novedades de la legislación es la acumulación de penas que se aplicará a quienes cometan múltiples delitos, pudiendo ser condenados hasta 60 años de reclusión por homicidio, genocidio y otros.
Otros delitos incluidos en la reforma:
Art 215 : Fecundación de óvulos distintos a la procreación
La norma sancionaría con tres años de cárcel o multa de 9 salarios mínimos a quien “fecunde óvulos para cualquier fin diferente a la procreación humana”.
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