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CIUDAD DE MÉXICO.- — Israel Vallarta Cisneros fue absuelto por la Jueza Tercera de Distrito en Materia Penal del Estado de México, Mariana Vieyra Valdés, al considerar que su proceso estuvo viciado desde el principio debido a la participación de autoridades en un montaje televisivo, lo cual fue señalado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en 2013, cuando ordenó la libertad de Florence Cassez, su entonces pareja sentimental.
La sentencia de la jueza se basó en el criterio de la Corte, el cual declaró que el montaje realizado por la extinta Agencia Federal de Investigación (AFI) provocó un efecto corruptor en el proceso penal. Ese montaje, difundido ampliamente por medios de comunicación, mostró la supuesta detención de Vallarta y Cassez, pero en realidad fue escenificado.
La jueza invalidó las principales pruebas en su contra, entre ellas:
Fotografías y declaraciones ministeriales de las víctimas y sus familiares, al considerar que se alinearon con la versión oficial inducida por el Ministerio Público.
Además, se anuló la declaración ministerial que Vallarta rindió en 2005, donde se autoincriminaba como parte de la banda de secuestradores “Los Zodiaco”, debido a que tres dictámenes periciales concluyeron que fue torturado para obtener esa confesión.
La sentencia subraya que las autoridades ministeriales y policiales no solo escenificaron la detención, sino que también indujeron a las víctimas para que identificaran a Vallarta como su secuestrador:
“Se advirtió un efecto corruptor en el proceso derivado de la escenificación ajena a la realidad en la que participaron las autoridades ministeriales y policiales y que fue auspiciado por los medios de comunicación nacionales e, incluso, internacionales”, explicó la jueza.
“No se puede emitir una sentencia de condena… a partir de la obtención de pruebas ilícitas”, agregó.
Asimismo, afirmó que no se respetaron las formalidades del procedimiento, como el derecho a contar con una defensa adecuada, lo que constituyó una violación grave a sus derechos humanos.
La jueza también desestimó las declaraciones de David Orozco Hernández (“El Géminis”) y Dither Camarillo Palafox (“Tauro”), quienes habían confesado ser miembros de “Los Zodiaco”.
Estas declaraciones no fueron presentadas durante el juicio de Vallarta y, en el caso de Orozco, él mismo las negó ante un juez y aseguró haber sido torturado.
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En cuanto a la identificación de la voz de Vallarta por parte de un familiar de las víctimas, la defensa presentó un dictamen foniátrico que concluyó que la voz no corresponde al acusado. La Fiscalía no rebatió ese estudio.
La decisión judicial representa un giro en el caso que por años ha sido símbolo de irregularidades en el sistema penal mexicano.
La jueza concluyó que el efecto del montaje impide distinguir entre pruebas reales y pruebas fabricadas:
“Existen más pruebas en este proceso que corroboran la existencia del montaje… que ocasionó un efecto corruptor en el proceso”, apuntó Vieyra.
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Con esta resolución, Israel Vallarta queda absuelto del delito de secuestro por el que permaneció en prisión desde 2005.
La sentencia subraya que ningún proceso puede derivar en condena si se basa en pruebas obtenidas de forma ilegal o bajo tortura, y que el respeto al debido proceso es esencial para garantizar justicia tanto a víctimas como a acusados.
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