Este contenido fue hecho con la asistencia de una inteligencia artificial y contó con la revisión del editor/periodista.
El flamante Código Penal nacional incluye la estafa piramidal y la intermediación financiera no regulada (la usura) como delitos, lo cual repercute favorablemente en la gente y el ámbito financiero dominicano.
En sus artículos 240 y 241 define como delito las estafas basadas en esquemas piramidales y agrava las penas para estos esquemas, de cinco a 10 años, o de 10 a 20 años si es agravada. Y determina multas de veinte veces el monto involucrado en la infracción.
Puedes leer: Promipyme ha colocado RD$ 11 mil millones en créditos
Asimismo, los intermediarios, promotores y voceros de esquemas piramidales serán considerados cómplices, sancionados con penas que van de tres a cinco años de prisión, y multas de cincuenta a 500 salarios mínimos del sector público. También las personas físicas responsables de estafa piramidal agravada serán inhabilitadas por 10 años para ejercer actividades comerciales, financieras o de promoción de inversiones.
Ahora bien, el Código también tipifica en el artículo 242 como delito la intermediación financiera no autorizada por la Administración Monetaria y Financiera y la captación ilegal de fondos, estableciendo penas de cinco a 10 años de prisión.
Estos tipos penales se califican como muy graves y por lo tanto son de acción pública. Las autoridades competentes pueden perseguir a los responsables sin necesidad de denuncia previa.
Estos delitos fueron incorporados al nuevo Código Penal tras propuestas impulsadas por la Superintendencia de Bancos, con la meta de proteger la integridad del sistema y a sus usuarios.
En el país, los delitos vinculados al sector financiero no están tipificados exclusivamente en el Código Penal. Estos se encuentran dispersos en una serie de leyes especializadas que regulan las actividades monetarias y financieras, así como el combate de crímenes específicos. Estas son las leyes Monetaria y Financiera (183-02), Contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo (155-17) y sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología (53-07).
Agregar Comentario