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Miguel Valerio, Manuel Corripio, Olivo Rodríguez Huertas y Miguel Febles durante el almuerzo. HOY/ JOSE DE LEON.
Tres juristas pronosticaron que varios artículos del nuevo Código Penal serían anulados por el Tribunal Constitucional (TC) porque colisionan con fundamentos de la Constitución.
No obstante, indicaron que lo recomendable es que se hagan las modificaciones en el Congreso en el plazo de un año para su entrada en vigor (vacatio legis) a los fines de que se pueda avanzar en su implementación, ya que señalan que la pieza incorpora muchas novedades que se requerían para enfrentar una gran cantidad de delitos.
Durante el Almuerzo Semanal del Grupo de Comunicaciones Corripio, el tema fue analizado por Olivo Rodríguez Huertas, abogado y profesor de Derecho Administrativo, Miguel Valerio, abogado penalista, y Patricia Santana, abogada constitucionalista.
Entre los puntos que entienden que deben ser revisados por el TC citaron los relativos al cúmulo de pena, la penalización del aborto, el ultraje a los funcionarios públicos, la discriminación, la responsabilidad penal de partidos e iglesias, el principio de no ser perseguido por un mismo delito dos veces, el procedimiento de aprobación, así como otros.
En el caso del cúmulo de pena de hasta 60 años, Valerio consideró que esto equivale a la pena de muerte o cadena perpetua, además de dudar que esto ayude a disuadir la criminalidad.
Dijo que el código aún vigente plantea una fórmula que considera correcta, que es imponer la pena superior para quien cometa varios delitos.
“Sesenta años es prácticamente una cadena perpetua porque para tener la libertad condicional habrá que cumplir 30 años”, expresó Valerio.
Otro tema que entiende debe atenderse es el principio de que no se puede perseguir dos veces por el mismo delito, se usó un término que requiere una interpretación constitucional. También el punto relativo a la falsedad de documentos.
Mientras que Santana consideró que un punto que debe ser abordado son los dos párrafos que se agregaron al artículo sobre la discriminación.
Explicó que si bien se penalizó la discriminación, luego se indica que se puede invocar objeción de conciencia o libertad de expresión para discriminar. “Estos dos párrafos le quitan toda la eficacia, como si la discriminación no existiera, o sea como si el tipo penal no existiera”, criticó. Al respecto, Valerio consideró que esto es la justificación de una conducta reprochable, ya que no se puede discriminar por asuntos de religión.
Mientras que Rodríguez destacó que debe ser revisado totalmente el régimen punitivo del aborto, ya que la racionalidad debe estar por encima del dogma. “Creo que esta sociedad, el Congreso, los políticos tienen que asumir con valentía enfrentar el dogmatismo religioso y actuar con racionalidad”, afirmó.
En lo referente al artículo 310 que establece el ultraje a funcionarios públicos, Santana afirmó que limita de manera desproporcionada el derecho a la libertad de expresión al castigar la palabra o gestos en espacios privados.
Aunque consideró que hay que mejorarlo, Valerio aseguró que ese artículo no afecta a los periodistas y no es una mordaza para quienes trabajan con objetividad. “Ahora hay una serie de personajes que no se sabe dónde encajar, que son comunicadores, que tienen el derecho a comunicar, pero que se pasan”, expresó.
Rodríguez señaló que de ahí la importancia del TC para el fortalecimiento del Estado de Derecho. “No tengo dudas de que varios artículos serán objeto de nulidad”, sostuvo.
Sin embargo, precisó que el texto completo no se caería porque no tiene vicios de forma, sino por artículos.
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