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Al abordar el principio de la buena administración, se busca alertar a los funcionarios que desconocen su significado. En un estado moderno, este principio se centra en las garantías establecidas en la Constitución de 2010, la Ley 107-13 sobre Procedimientos Administrativos y los Derechos de las Personas ante la Administración, así como el Decreto Ley 41-08 sobre Comisiones de Ética Pública.
Al analizar este principio y sus consecuencias, en relación con las leyes mencionadas, queda claro que estas leyes buscan instruir a gobernantes, funcionarios y servidores públicos, así como a los gobernados, sobre la importancia de promover la “buena gobernanza”. De esta forma, quienes toman decisiones en nombre del Estado deben cumplir con lo establecido por la ley en todos los procesos relacionados con servicios públicos, trámites y permisos.
La función pública, a partir de los aportes del sociólogo y economista alemán Max Weber, transformó la administración, estableciendo normas claras dentro de las instituciones, sus funciones y servicios. Actualmente, las instituciones públicas modernas se enfocan en proteger a sus usuarios, garantizando un servicio eficiente y diligente.
Como bien señalaron políticos y economistas como Thomas Woodrow Wilson, George Mason, Charles-Jean Bonnin y Frederick Winslow Taylor, entre otros, fortaleciendo el rol del Estado y su relación con los ciudadanos, el deber de las instituciones públicas es promover la eficiencia, basada en el respeto, la disciplina institucional y la subordinación del interés particular al interés general.
Es lamentable que, a pesar de los esfuerzos del legislador dominicano, a través de las leyes que promueven la buena administración, se observe un declive en el sistema de servicio público en los últimos años. Si analizamos la situación actual, los trámites y permisos son casi imposibles debido a las trabas impuestas por los servidores públicos.
Son muchas las quejas de los usuarios del sistema público, que se sienten frustrados al realizar un simple trámite. Es preocupante el desconocimiento de los principios fundamentales de la buena administración, como planificación, organización, dirección y control. Es esencial proteger el servicio público, salvaguardar los derechos de los usuarios y ofrecer un servicio de calidad. Crear obstáculos innecesarios no es prudente ni beneficioso para el Estado, desde el punto de vista de la recaudación y la inversión privada. Como dice el refrán dominicano, “ponemos el NO delante”.
La Administración Pública, con el fortalecimiento y creación del Ministerio de Administración Pública y la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental, buscó promover reglas de organización para que las instituciones gubernamentales se enfocaran en la eficiencia y la buena administración, garantizando un estado de derecho y seguridad jurídica. Sin embargo, en los últimos años, se observa una paralización en el desarrollo de los servicios públicos, afectando su calidad y retrasando el desarrollo económico del país.
Es desconcertante que en pleno siglo XXI, existan funcionarios que desconocen que sus funciones impactan el desarrollo económico del país, pareciendo enemigos de su propio pueblo, al obstaculizar trámites simples y de permisos, que son meros trámites burocráticos.
Un “NO”, una respuesta en blanco, o la obstrucción de un trámite ante una institución pública, cuya función depende de la gestión de servicios (recaudación, permisos, certificaciones), implica obstaculizar los procedimientos. Peor aún, hoy se recurre a multas y sanciones sin el debido proceso administrativo. El rol fundamental del servidor público es garantizar el acceso y viabilidad de los procedimientos, sirviendo como guía en su institución para promover la eficiencia y la cortesía, un valor de la buena administración.
La administración moderna se orienta a ser un “amigo” del usuario que desconoce un procedimiento o servicio público. El funcionario público debe proteger y ayudar a los usuarios que requieren un servicio. Por ello, desde la perspectiva jurídica, la Constitución protege derechos constitucionales, garantizados por la Ley 107-13, que protege los derechos de las personas frente a la administración, proporcionando mecanismos y vías judiciales para la protección de sus derechos, fortaleciendo la seguridad jurídica y los derechos ciudadanos.
Se necesita un nuevo enfoque, para que la administración pública adopte mecanismos para depurar a los empleados públicos que no comprenden su rol, y si es necesario, orientarlos o capacitarlos para que desempeñen una función eficiente, evitando que afecten el desarrollo económico del país.
Al comparar desde el punto de vista económico y legal, los países desarrollados separan claramente la administración pública de la política. Los gobernantes deben enfocarse en promover la buena administración desde el nivel más alto al más bajo, con personal calificado y preparado para ejercer sus funciones con las exigencias actuales. En otras palabras, el Estado dominicano necesita verdaderos técnicos en sus instituciones, capaces de satisfacer las necesidades de los usuarios del sistema público, considerando el buen desempeño y los méritos para la promoción.
En resumen, en cuanto a la buena administración y la buena gobernanza, República Dominicana, reconocida internacionalmente por su gente, playas y cultura, es el momento de que la administración pública entienda que va de la mano con el desarrollo de las instituciones del Estado, el cual se promueve a través del servicio público, la negociación, la conciliación, la flexibilidad, el acceso, el acompañamiento y, finalmente, los resultados en beneficio del desarrollo económico.
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