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Propuesta de ley laboral en Cuba suprime el derecho a huelga y salarios dignos

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Tras este trámite poco común, el anteproyecto deberá ser ratificado por la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP, el órgano legislativo unicameral cubano).

El proyecto de ley del Código del Trabajo de Cuba es un documento heterogéneo que introduce novedades como la desconexión digital y el teletrabajo, pero sigue sin reconocer el derecho a la huelga ni obliga a que los salarios resulten suficientes.

Una de las innovaciones del anteproyecto es el proceso de consulta no vinculante del texto legal, que comienza este lunes y se extenderá hasta el 30 de noviembre, mediante una serie de encuentros explicativos, con ponentes designados y la presencia obligatoria de la Central de Trabajadores de Cuba (CTC, sindicato único).

Tras este trámite poco convencional, el anteproyecto tendrá que ser aprobado por la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP, el órgano legislativo unicameral cubano), que examinará el documento una vez que reciba el visto bueno del Comité Central del Partido Comunista de Cuba (PCC, único legal).

Entre sus 48 páginas, a las que ha tenido acceso EFE, resaltan temas como el seguro de desempleo en el sector privado, el teletrabajo, el empleo digno y la desconexión digital.

Este nuevo código incorpora por primera vez la obligatoriedad del seguro de desempleo para los trabajadores del sector no estatal, lo que abarca a las unas diez mil micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) surgidas tras la reforma de 2021, que emplean a alrededor de 250.000 personas.

Dicho seguro deberá ser contratado y pagado por el empleador y quedará separado del sistema público de seguridad social.

El texto legal no especifica cuestiones clave, como si el nivel de prestaciones (porcentaje del salario, duración, condiciones,…) para estos trabajadores será equiparable al de los estatales, ni qué entidad proporcionará esos seguros (¿la Empresa de Seguros Nacionales, ESEN, u otro organismo estatal o privado de reciente creación?).

Se autoriza el teletrabajo, incluso desde el extranjero bajo ciertas condiciones, aunque los contratos deberán indicar quién asume los gastos y otros aspectos como la reversibilidad o los mecanismos de control.

Se prevé que las partes pacten el teletrabajo, cuando sea viable, para facilitar la conciliación familiar de empleados con personas a su cargo.

El servicio social obligatorio para los recién titulados de nivel superior se reduce de tres a dos años y, además, se permite su suspensión o su cumplimiento en el sector no estatal.

El derecho a no ser contactado fuera de la jornada o en días de descanso y festivos, conocido como desconexión digital, es una novedad en esta legislación cubana que no estaba presente en la normativa anterior de 2013.

Esta posibilidad también se extiende a los empleados en teletrabajo o trabajo a distancia.

El nuevo Código amplía las formas de participación de los trabajadores en asuntos laborales, tanto a nivel individual como colectivo, pero al mismo tiempo refuerza la centralidad de la CTC en la Asamblea General de Afiliados y Trabajadores y en los procedimientos de reclamación.

La CTC es una organización bajo la órbita del PCC y, históricamente, la mayor parte de sus dirigentes han formado parte del Comité Central del partido único. No se destaca por sus reivindicaciones de carácter laboral.

El código desarrolla con mayor claridad que legislaciones previas el concepto de “empleo digno”, que incluye seguridad, protecciones y “remuneración suficiente para cubrir las necesidades básicas”, además de enfatizar los principios de igualdad salarial por trabajo de igual valor.

Sin embargo, el “empleo digno” aparece más como un principio rector que como una obligación legal para el empleador o como un derecho exigible.

De hecho, el salario no está vinculado a variables macro (inflación, costo de vida,…) ni se contempla su revisión periódica mediante negociación colectiva, como ocurre en otros países de América Latina. El salario mínimo, por su parte, lo fija a nivel central el Consejo de Ministros.

El anteproyecto incorpora otros principios como la “corresponsabilidad familiar” –que amplía las prestaciones de maternidad al padre y a otros familiares-, la no discriminación de la mujer, la protección contra el acoso y la “capacidad demostrada”, para fomentar la meritocracia.

También se incluye la figura del “pluriempleo” y se limita a trece el número total de horas diarias que una persona puede trabajar.

El anteproyecto de Código del Trabajo, al igual que la Constitución cubana de 2019, no contempla ni reconoce explícitamente el derecho a la huelga de los trabajadores y restringe a la CTC la posibilidad de afiliarse a otra organización sindical.

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