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Tu Guía Migratoria

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El I-220A establece **ciertos requisitos y condiciones** a cambio de ser liberado de la detención, como la obligatoriedad de asistir a audiencias en la corte de inmigración.

Este contenido fue hecho con la asistencia de una inteligencia artificial y contó con la revisión del editor/periodista.

MIAMI, Florida. – El presidente electo Donald Trump manifestó su intención de **derogar beneficios** concedidos durante la administración del presidente Joe Biden, entre ellos, modificaciones al formulario I-220A, también conocido como “Orden de Libertad Bajo Palabra”.

A continuación, te explicamos lo que debes conocer sobre el I-220A 👇

♦️ El documento I-220A es un formulario que se **concede** a una persona que ingresa a Estados Unidos para ser liberada “bajo palabra” mientras se define su situación.

♦️ El I-220A establece **ciertos requisitos y condiciones** a cambio de ser liberado de la detención, como la obligatoriedad de asistir a audiencias en la corte de inmigración.

♦️ El formulario también **especifica** cuándo y dónde debes presentarte a tu cita (check-in) con el Servicio de Control de Inmigración y Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés).

♦️ El I-220A **posibilita** que una persona permanezca en Estados Unidos, pero no otorga un estatus migratorio específico ni un permiso para trabajar.

👉 Así luce el formulario I-220A.

📌 El *parole humanitario* permite que las personas que llegan a Estados Unidos puedan obtener un permiso de trabajo. Los cubanos que ingresan bajo este esquema pueden **solicitar el ajuste de su estatus** e iniciar su solicitud de residencia permanente a través de la Ley de Ajuste Cubano de 1966 un año después de su llegada.

📌 El I-220A **meramente** permite que los inmigrantes estén en libertad mientras sus casos están pendientes de resolución.

“La I-220A no es considerada un *parole* para efectos de ajuste de estatus, por lo tanto, estas personas no son **elegibles** para el ajuste de estatus”, detalló la abogada Claudia Canizares durante una emisión del programa ‘Hablemos de Inmigración’.

Los cubanos que ingresaron a Estados Unidos con la I-220A no pueden **acogerse** a la Ley de Ajuste Cubano, por lo que deben buscar la residencia permanente **a través de otras vías**.

Aún no está claro qué **sucedera** con la I-220A durante la administración del presidente electo Trump.

Por un lado, Trump ha **expresado su intención** de implementar cambios en diversos programas que *facilitan la permanencia* de inmigrantes en Estados Unidos.

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