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Santo Domingo, RD. – La reciente aprobación en primera lectura del proyecto de reforma al Código Procesal Penal (CPP) ha provocado un extenso debate entre profesionales del derecho, quienes advierten que varios de sus artículos podrían representar un retroceso en el campo de las garantías judiciales.
Entre los aspectos más discutidos se encuentra el artículo 25, que, según la opinión de expertos, abre la oportunidad de aplicar la analogía o la interpretación extensiva a todos los participantes del sistema de justicia penal, incluyendo a las autoridades responsables de la persecución de los delitos.
De acuerdo con quienes critican la medida, esta disposición aumentaría el margen de maniobra del Ministerio Público y de los jueces más allá de lo que la ley establece de forma explícita, lo cual podría impactar negativamente los derechos fundamentales de los imputados, yendo en contra del principio de legalidad y de la Constitución dominicana.
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En el ámbito jurídico, la analogía constituye un método de aplicación legal que consiste en extender una norma ya existente a una situación no contemplada de manera expresa, basándose en la esencial similitud que existe entre ambos supuestos.
En otras palabras, cuando no hay una regla específica para un caso, se emplea aquella que regula una situación parecida, debido a que comparten la misma “razón jurídica”.
En el derecho de naturaleza civil o administrativa, la analogía puede ser utilizada de forma legítima para llenar vacíos o lagunas legales.
Sin embargo, en el Derecho Penal y Procesal Penal su uso está prohibido si va en perjuicio del imputado, dado que implicaría la creación de delitos, penas o procedimientos que no están previstos por la ley, lo que iría en detrimento del principio de legalidad, pilar fundamental del Estado de derecho.
Conforme al texto que fue aprobado en primera lectura por la Cámara de Diputados, el artículo 25 del proyecto de cambio propone que “la analogía y la interpretación extensiva podrán aplicar a todos los actores del sistema procesal”.
Para ciertos juristas, esta manera de redactar el texto implica un peligro directo para las salvaguardas constitucionales de los ciudadanos.
Sostienen que permitir la aplicación ampliada de estas figuras concedería al Ministerio Público facultades para interpretar la ley penal de manera expansiva o creativa, algo que se encuentra explícitamente vetado en las normativas internacionales de derechos humanos.
Junto a la analogía, la propuesta también introduce la posibilidad de la interpretación extensiva, cuyo propósito es ampliar el alcance de una norma vigente para abarcar casos similares que no han sido mencionados de forma explícita.
Aunque esta herramienta es habitual en el Derecho civil o administrativo, en el ámbito penal su utilización también está restringida, ya que puede suponer la ampliación del alcance del castigo o del procedimiento en detrimento del acusado.
El proyecto ha sido remitido nuevamente a comisión y el presidente del Senado, Ricardo de los Santos, informó que será evaluado con máxima atención.
Luego de una sentencia del Tribunal Constitucional que declaró inconstitucional el texto aprobado en 2015, el Congreso dispone hasta el mes de diciembre para finalizar la modificación; de lo contrario, volvería a entrar en vigor la Ley del año 2002.
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