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El CTA considera que el VAR estuvo acertado al intervenir para anular el gol

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Esta interferencia constituye una acción sancionable, por lo que el gol debe ser invalidado.

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MADRID 21 Oct. (EUROPA PRESS) –

El Comité Técnico de Árbitros (CTA) sostiene que fue anulado de modo correcto el tanto de Alex Baena por fuera de juego debido a la interferencia de Antoine Griezmann durante el encuentro entre el Atlético de Madrid y Osasuna, disputado el pasado sábado en LaLiga EA Sports.

Durante su espacio denominado ‘Tiempo de Revisión’ de este martes, donde se analizan algunas de las situaciones más discutibles de LaLiga EA Sports, el CTA indicó que en el Riyadh Air Metropolitano se aplicó “de forma correcta la normativa” la cual establece que “un jugador en posición antirreglamentaria comete infracción si lleva a cabo una acción que influye claramente en la opción de un adversario de jugar o disputar la posesión del balón”.

“En esta jugada específica, el futbolista del Atlético (Griezmann), partiendo de una posición adelantada, interfiere en la capacidad del defensa (Boyomo) para luchar por el balón, incluso sin tocarlo. Esta interferencia constituye una acción sancionable, por lo que el gol debe ser invalidado. El VAR actúa adecuadamente al detectar una presunta infracción no señalada que desemboca en gol y aconseja su revisión. Desde el punto de vista del reglamento, la acción se ajusta a la definición de interferencia sobre un adversario”, agregó el comité.

Otra decisión examinada por este ciclo semanal, difundido por la RFEF en sus plataformas digitales, es la mano de Dani Vivian que no fue pitada por José Luis Guzmán Mansilla en el partido Elche-Athletic Club, después de ser alertado desde la sala VOR sobre una posible tarjeta roja para el central visitante.

Para el CTA, el árbitro principal “aprecia una falta” del atacante André da Silva “al producirse un contacto, que resulta suficiente para desequilibrar” a Vivian “justo cuando este se disponía a disputar la pelota”. “Ese desequilibrio impide al defensor intervenir con plenas garantías para realizar el despeje, alterando así el curso natural del lance”, enfatizó el organismo arbitral.

“Es fundamental destacar que no puede considerarse una carga permitida, dado que el balón no está en disputa para el delantero. Por ello, el contacto se interpreta como una acción imprudente que limita la capacidad del defensor para jugar el balón con normalidad. Tras este contacto inicial, el esférico impacta en la mano del defensor, tratándose de una mano sancionable, y el VAR interviene al detectar una posible infracción, advirtiendo de una posible falta previa y recomendando una revisión en el monitor”, continuó explicando.

No obstante, Guzmán Mansilla, tras visionar la jugada en el monitor, optó por mantener su veredicto de no señalar la infracción por mano, “considerando que la falta previa del atacante condiciona todo el desarrollo de la acción”. “En definitiva, se trata de una situación de interpretación donde el juez principal valora que el contacto del atacante afecta directamente a la posibilidad del defensor de disputar el balón”, concluyó el comité técnico.

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