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La jornada auténtica de la Policía Nacional: una aclaración indispensable

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El pasado martes 28 de octubre se llevaron a cabo dos eventos de gran trascendencia.

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El pasado martes 28 de octubre se llevaron a cabo dos eventos de gran trascendencia. El primero fue el aniversario de la Universidad Autónoma de Santo Domingo, mi *alma mater*, faro de saber y ciencia, donde descubrí la noción de la libertad y los derechos, y aprendí a defenderlos. Con ese festejo, la memoria me recordó que hacía 17 años había obtenido mi título de Licenciado en Derecho, para luego ejercer como abogado, especialista en Derechos Humanos, geopolítica, y con una maestría en derecho civil y seguridad y defensa nacional. Simultáneamente, se celebraron los actos con motivo del Día de la Policía Nacional.

Como cada año, esta fecha invita a la introspección sobre el rol de una corporación que, si bien ha tenido episodios oscuros en su trayectoria, se encuentra actualmente en un proceso de reestructuración, mejora y enaltecimiento.

Al felicitar a varios integrantes, tanto activos como jubilados, de ese noble cuerpo, me comentaron que en realidad lo que se festejaba era el día del santo patrón, San Judas Tadeo, y no el Día de la Policía Nacional, cuya fecha sería el 2 de marzo. A tal aseveración, respondí con convicción que el 28 de octubre es la conmemoración de la Policía Nacional, basándome no solo en mi postura, sino en el conocimiento legal existente.

Quizás por lazos familiares se ha nutrido en mí una gran estima por la Policía Nacional Dominicana. A esto se suma mi experiencia al colaborar en la instrucción de oficiales en áreas como derecho constitucional, geopolítica, derechos humanos y seguridad nacional.

Por lo tanto, es crucial aclarar cuál es la fecha oficial, legalmente hablando, de la Policía Nacional Dominicana. La Ley No. 6134, del 17 de diciembre de 1962, en su primer artículo, designa el 28 de octubre como el Día de la Policía Nacional, coincidiendo así con la festividad de San Judas Tadeo, su santo patrón. Dicha disposición nunca ha sido revocada ni modificada por legislación posterior. La normativa policial más reciente, la Ley No. 590-16 del 15 de julio de 2016, omite mencionar o alterar la fecha fijada por la ley de 1962. No obstante, tras la entrada en vigor de la Ley 590-16, se resolvió administrativamente celebrar el Día de la Policía Nacional el

2 de marzo, en honor al día de la fundación de la entidad, establecida por la Ley No. 14 del año 1936. Es entonces meridiana la distinción: el 2 de marzo se celebra la génesis de la Policía Nacional, mientras que el 28 de octubre es el día de la institución. Pero, como bien se sabe, ningún mandato administrativo puede anular lo estipulado en una ley.

La jerarquía de las normas es clara: una ley solo puede ser alterada por otra ley. En consecuencia, el Día de la Policía Nacional se mantiene como el 28 de octubre, a pesar de que por costumbre administrativa, desde 2017, se festeja el 2 de marzo. Esta duplicidad origina confusión. Por ello, la futura iniciativa legislativa que dará paso a una nueva Ley Orgánica de la Policía Nacional debe incluir un artículo que ratifique el 28 de octubre como Día Oficial de la Policía Nacional, en honor a San Judas Tadeo, y que a su vez reconozca el 2 de marzo como fecha fundacional, útil para fines históricos y educativos, sin que esto implique un cambio en el día oficial. Esta sugerencia no solo elimina la incertidumbre, sino que honra la faceta espiritual, histórica y legal de una institución que merece respeto, respaldo y dignidad.

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