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Edil de Dajabón pide al Parlamento normar la tenencia y dominio de predios en el límite fronterizo

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Meta.- Santiago Riverón persigue frenar ventas de predios a foráneos y favorecer la posesión criolla y el bienestar nacional.- Defensa de la soberanía.

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Meta.- Santiago Riverón persigue frenar ventas de predios a foráneos y favorecer la posesión criolla y el bienestar nacional.- Defensa de la soberanía. El edil busca impulsar el sentimiento dominicano.

Santo Domingo.- El alcalde de Dajabón instó al Congreso Nacional a debatir un anteproyecto normativo para controlar la enajenación de inmuebles en la franja fronteriza a favor de extranjeros, particularmente nacionales haitianos.

El instrumento legal pretende ordenar la utilización y goce de los bienes raíces en los poblados de las provincias de la línea limítrofe terrestre, imponiendo restricciones al derecho de Alquiler de Viviendas, Arrendamiento de Fincas Agrícolas e Inmuebles para Pequeños Comercios.

Santiago Riverón, expuso y entregó la propuesta a Rafael Antonio Pérez Gómez, titular de la Comisión de Fronteras de la Cámara de Diputados, por medio del diputado por la provincia de Dajabón, Adelso de Jesús Rubén, a quienes animó y solicitó adoptar y presentar el proyecto para que se oficialice la Regulación del Uso y Disfrute del Derecho de Posesión inmobiliaria de foráneos.

“Nuestra propuesta es el resultado del proceso de disminución poblacional de dominicanos en las comarcas de la región limítrofe y el incremento notable de la población de foráneos, en su mayoría provenientes del vecino país de Haití, lo cual se acompaña de la adquisición por parte de esos forasteros de tierras de cultivo y residencias en las ciudades de esa zona fronteriza, generando la pérdida de la identidad dominicana en esa porción del territorio patrio”, describió Riverón en la misiva enviada a los congresistas.

El administrador municipal sustentó su requerimiento en las estipulaciones del artículo 10 de la Carta Magna que establece: El sistema de adquisición y traspaso de bienes raíces en la Línea de Frontera estará sujeto a requerimientos legales específicos que prioricen la tenencia de los dominicanos y dominicanas y el resguardo nacional.

También citó el artículo 9 que declara de interés nacional la seguridad, el progreso económico, social y turístico del Límite Fronterizo, así como la promoción de los valores patrios y culturales del pueblo dominicano.

El anteproyecto sugiere que se considerará Zona Limítrofe Terrestre el espacio de las provincias de: Montecristi, Dajabón, Independencia, Elías Piña y Pedernales.

Asimismo, veta bajo cualquier método la transferencia de bienes inmuebles a individuos o entidades extranjeras en el área terrestre fronteriza de la República Dominicana.

La idea se fundamenta en que la Constitución Dominicana en su Disposición 51 sobre el Derecho a la Propiedad, reconoce y ampara el derecho de posesión y está sujeto a la reserva de ley, por lo que el Congreso Nacional mediante legislación puede pautar el uso y disfrute de los inmuebles.

“Considerando: Que la República Dominicana, comparte la isla de Santo Domingo, con la República de Haití y al definir su jurisdicción territorial la Constitución Dominicana establece que: Artículo 9.- Territorio Nacional. El suelo de la República Dominicana es inalienable. Está compuesto por: 1) La mitad oriental de la isla de Santo Domingo… Sus lindes terrestres definitivos están fijados por el Convenio de Límites de 1929 y su Anexo de Rectificación de 1936, y en su Art. 10 indica (2) El régimen de adquisición y transferencia de la propiedad inmueble en la Zona Limítrofe estará sujeto a requisitos legales determinados que favorezcan la propiedad de los quisqueyanos y el interés nacional”, enfatizó en su comunicación.

Entre otros argumentos cita que las Provincias de Montecristi, Dajabón, Elías Piña, Independencia y Pedernales, conforman la frontera terrestre con la República de Haití, y que actualmente no existe una ley que reglamente la compra, el usufructo y goce de los bienes raíces en las provincias de esa área limítrofe para los foráneos, que asegure el cabal cumplimiento de las disposiciones constitucionales consignadas en los artículos 9 y 10 de la carta magna.

Recordó que la normativa 176/07 del Distrito Nacional y los Municipios en su apartado 17 dispone: Las Alcaldías dispondrán de un registro de habitantes y para tales fines podrán requerir a la Junta Central Electoral.

Adujo que en la actualidad carece de una Ley que estipule la adquisición, uso y goce de los bienes inmuebles en estos territorios para los residentes extranjeros, que garantice el estricto cumplimiento de los artículos 9 y 10 de la Carta Magna.

Santiago Riverón acudió al Congreso Nacional en compañía de una comitiva compuesta por el consejero en Temas Municipales, Waldy Taveras; el reportero y especialista en temas limítrofes Vargavila Riverón; el ex cónsul José Abreu y el comunicador Robert del Orbe, quienes fueron recibidos por el presidente de la Comisión de Asuntos Fronterizos de la Cámara de Diputados, Rafael Pérez Gómez, junto a otros legisladores, quienes informaron que analizarán la propuesta.

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