La información fue dada a conocer por el consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta Romero, quien señaló que esta reforma apuesta por una normativa acorde con los principios democráticos y adopta diversos criterios establecidos por el Tribunal Constitucional y la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia.
El presidente Luis Abinader promulgó la mañana de este domingo la Ley 97-25, mediante la cual se reforma el Código Procesal Penal, dando cumplimiento a la Sentencia TC 0765 24 que ordenó sustituir la Ley 10-15.
El consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta Romero, informó que esta reforma promueve una normativa en consonancia con los principios democráticos y asume distintos criterios desarrollados por el Tribunal Constitucional y la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia en la materia.
Destacó que la nueva ley moderniza el texto vigente hasta hoy, fortaleciendo aspectos importantes de los 28 principios del proceso penal. Asimismo, consolida un modelo procesal más ágil, garantista y coherente con el Estado social y democrático de Derecho.
El texto promulgado hoy será publicado en la Gaceta Oficial mañana. De acuerdo con la normativa correspondiente, entrará en vigor a partir del próximo martes en el Distrito Nacional y desde el miércoles en el resto del país.
Entre los elementos destacables del texto promulgado, se encuentra la ampliación de los mecanismos modernos de resolución de conflictos, incluyendo justicia restaurativa, criterios de oportunidad, acuerdos, conciliaciones, procedimientos abreviados y suspensión condicional del procedimiento, ahora aplicable a hechos sancionados con hasta cinco años de prisión.
El consultor jurídico expresó que la reforma también fortalece el derecho de defensa y las garantías al elevar los principios fundamentales y modernizar los procedimientos. Se refuerza la presunción de inocencia, se asegura la asistencia técnica integral para partes vulnerables y se garantiza una aplicación más humana mediante el principio de favorabilidad procesal.
Añadió que los derechos del investigado se activan desde los primeros actos, como la citación o la inmovilización de fondos, y se amplía el plazo para que la defensa presente su escrito. Además, se otorgan más oportunidades para que la defensa solicite contraperitaje y se establecen plazos máximos de dos años para los archivos provisionales, que antes carecían de límite.
Asimismo, en el régimen de medidas de coerción, la reforma establece reglas más claras sobre el arresto y las órdenes de comparecencia, e impone un mayor rigor en el control judicial durante la revisión obligatoria, atendiendo a las exigencias de necesidad, razonabilidad y estricta motivación para la restricción de la libertad.
Se incluye el criterio explícito de plazo razonable, fijando un máximo de cuatro años para casos ordinarios y cinco años para casos complejos, con criterios claros para su cómputo. Además, se garantiza un recurso de apelación efectivo al eliminar el “nuevo juicio” y otorgar facultades a las cortes para instruir el proceso conforme a las reglas del juicio, asegurando un doble grado de jurisdicción real y funcional.
“El reformado Código Procesal Penal está orientado a mejorar la administración de justicia penal y a modernizar profundamente el sistema, impulsando una transformación basada en la celeridad, la economía procesal, la especialización y el consenso entre las partes, con el objetivo de lograr una justicia más rápida, eficaz y centrada en la solución del conflicto. Además, presenta una necesaria armonización con el nuevo Código Penal, reflejada en la adecuación a la nueva clasificación de infracciones”, sostuvo.
En ese sentido, explicó que en las extensas sesiones de trabajo que dieron como resultado esta importante reforma participaron, además de los legisladores, importantes sectores de la sociedad y del Estado, lo que permitió alcanzar consensos significativos. Estuvieron presentes en el proceso el Ministerio Público, la Defensa Pública, el Poder Judicial, la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo y diversos representantes de la comunidad jurídica. Este contenido fue hecho con la asistencia de una inteligencia artificial y contó con la revisión del editor/periodista.








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