Fuente: europa press
TSJA confirma condena de seis años a taxista ilegal por agresión sexual en Tabernas
ALMERÍA 26 Dic. (EUROPA PRESS) – El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha confirmado una sentencia que impone seis años de prisión a un conductor de taxi ilegal que agredió sexualmente a una pasajera tras detener el vehículo en Tabernas (Almería) y abandonarla tras consumar la violación.
La Sala ha desestimado el recurso de apelación presentado por la defensa del condenado, quien además debe cumplir seis años de libertad vigilada y tiene prohibido comunicarse o acercarse a menos de 300 metros de la víctima durante 12 años, junto con otras sanciones accesorias.
Los hechos ocurrieron el 20 de septiembre de 2020 cuando la mujer solicitó los servicios del acusado, conocido previamente por ella, para desplazarse desde el barrio almeriense de El Puche hasta Tahal, ya que él operaba como taxista ilegal.
Al llegar el vehículo, la pasajera se acomodó en el asiento delantero y comenzaron el trayecto. Sin embargo, cerca del poblado Mini Hollywood en Tabernas (Almería), el conductor detuvo el coche en un lugar apartado alegando que necesitaba orinar.
En ese momento, el hombre bajó del vehículo, se acercó al lado del copiloto y abrió la puerta para dirigirse a la pasajera. Le expresó que “le gustaba” y tomó su cabeza con intención de besarla en los labios. La víctima rechazó el gesto y trató de apartarlo empujándolo, lo que provocó que el acusado reaccionara “de manera agresiva”, inmovilizándola al tomarla por los brazos por detrás y agrediéndola sexualmente. Tras concluir, huyó en el vehículo dejando a la mujer sola en ese lugar.
La víctima contactó con sus padres, quienes acudieron a recogerla y la llevaron a un centro sanitario. Posteriormente fue trasladada al Hospital Universitario Torrecárdenas de Almería para recibir atención médica por las lesiones sufridas.
El tribunal considera que existen indicios suficientes para concluir que la relación sexual “fue forzada y no consentida”, y que el acusado “empleó violencia física para superar la resistencia” que ofrecía la mujer, fundamentándose no solo en su testimonio sino también en las lesiones observadas y el estado rasgado de algunas prendas.
Asimismo, la Sala señala que aunque las conversaciones entre ambos reflejaban cierta “relación de amistad”, esto no afecta a la credibilidad del relato de la víctima, especialmente porque se halló ADN del acusado en la ropa interior y zona íntima de ella.
Este contenido fue hecho con la asistencia de una inteligencia artificial y contó con la revisión del editor/periodista.









Agregar Comentario