Fuente: Listin diario
Nueva normativa exigirá informe técnico previo para contratos de alquiler a partir de marzo de 2026
La medida, que entrará en vigencia desde el primero de marzo de 2026, establece como requisito indispensable que todo proceso de contratación de alquileres y arrendamientos cuente, antes de registrar el contrato en esta Contraloría, con un Informe de Inspección y Evaluación Técnica.
El contralor general de la República, Geraldo Espinosa Pérez, promulgó la Resolución núm. IN-CGR-RES-2026-0002, la cual introduce por primera vez controles preventivos para el registro de nuevos contratos de alquileres y arrendamientos. Esto con el propósito de asegurar que los inmuebles respeten los metrajes, distribución, accesibilidad e instalaciones especificadas en el pliego de condiciones, ficha técnica o el contrato correspondiente.
Espinosa Pérez explicó que esta medida forma parte del Plan de Transformación de los Procesos Misionales de la Contraloría General y se enmarca dentro del establecimiento de controles preventivos para la ejecución y desembolso de recursos públicos, especialmente bajo la iniciativa de supervisión material de obras, bienes y servicios.
“El avance representa un paso significativo hacia el fortalecimiento de la transparencia y la gestión responsable del gasto público, garantizando que el Estado sólo asuma compromisos financieros sobre inmuebles que cumplan efectivamente con las condiciones técnicas y contractuales estipuladas”, destacó el contralor.
Manifestó que esta resolución obliga a que, antes del registro del contrato en esta Contraloría, todo proceso contractual relacionado con alquileres y arrendamientos incluya obligatoriamente un Informe de Inspección y Evaluación Técnica elaborado por personal técnico de la Contraloría. Esto permite validar las especificaciones técnicas establecidas en la contratación y verificar su correspondencia con las obligaciones financieras contraídas.
El funcionario añadió que antes de subir los trámites al sistema TRE Contratos, las instituciones deberán solicitar al Contralor General mediante comunicación firmada por la máxima autoridad ejecutiva, la designación de peritos técnicos encargados de realizar la inspección del inmueble. La solicitud debe ir acompañada por una copia del contrato firmado entre las partes.
Además, señaló que tras emitirse el Informe de Inspección y Evaluación Técnica que certifica la concordancia entre las especificaciones técnicas y el inmueble inspeccionado, la Contraloría enviará dicho informe a la institución contratante. Esta deberá adjuntarlo al trámite para su registro en el Sistema TRE Contratos junto con los demás requisitos establecidos.
Espinosa Pérez enfatizó que para los inmuebles con contratos vigentes al momento de emitirse esta resolución, la Contraloría General se reserva la potestad de inspeccionarlos cuando lo considere pertinente.
Esta disposición será obligatoria para todos los ministros, directores generales, directores nacionales, titulares de entidades descentralizadas y autónomas no financieras, organismos de Seguridad Social y empresas públicas.
Este contenido fue hecho con la asistencia de una inteligencia artificial y contó con la revisión del editor/periodista.









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