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Andorra valorará la prostitución en el contexto de solicitar y abonar por contenido sexual

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Para estos dos casos, la pena prevista va desde 3 meses hasta 3 años de prisión, incluyendo además la tipificación de la provocación o conspiración.

Fuente: europa press

Nueva regulación en Andorra: actos sexuales online con pago serán considerados prostitución

ANDORRA LA VELLA (ANDORRA) 23 (EUROPA PRESS)

Los actos sexuales realizados a distancia mediante Internet u otros medios telemáticos que impliquen interacción y remuneración, como solicitar y abonar contenidos en OnlyFans u otras plataformas, serán clasificados como prostitución en Andorra.

Así lo ha comunicado la ministra de Justicia e Interior, Ester Molné, este lunes durante la presentación del proyecto de reforma de la ley calificada del Código Penal, según informa el Gobierno en un comunicado.

Molné subrayó que los cambios sociales y tecnológicos, junto con la creciente complejidad del crimen organizado y económico, así como las nuevas modalidades de delincuencia digital y transnacional, requieren una actualización del marco jurídico penal para ofrecer una respuesta “adecuada, proporcional y coherente”.

La ministra detalló que en cuanto a la prostitución a través de Internet se establece una sanción administrativa para quien consume estos servicios; si se detecta proxenetismo, las penas oscilan entre 2 y 5 años de prisión, y si hay favorecimiento, de 3 meses a 3 años de encarcelamiento.

Respecto a los delitos sexuales en línea, también se sanciona la difusión sin consentimiento de imágenes que muestren actividades sexuales o partes íntimas de una persona, así como la manipulación y distribución de imágenes falsas que hagan parecer que alguien está desnudo o realizando actos sexuales sin su consentimiento.

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Para estos dos casos, la pena prevista va desde 3 meses hasta 3 años de prisión, incluyendo además la tipificación de la provocación o conspiración.

Igualmente, el envío de material sexual sin permiso será castigado con arresto, ya que esta conducta será considerada acoso sexual tras la reforma.

Además, se establece un agravante específico cuando los delitos de discriminación se cometan utilizando tecnologías de la información y comunicación; dentro de estos delitos se incluye la incitación al odio y a la hostilidad.

PROTECCIÓN DE MENORES

El proyecto legislativo del Gobierno también propone elevar la edad mínima para el consentimiento sexual de 14 a 16 años con el fin de reforzar la protección de los menores frente a conductas que puedan afectar su libertad e intimidad sexual.

Esta modificación sigue la línea europea e internacional orientada a garantizar una mayor protección para los derechos de niños y adolescentes, partiendo del reconocimiento de que quienes tienen menos de 16 años generalmente no poseen la madurez emocional, psicológica y social suficiente para consentir libremente e informadamente una relación sexual con una persona adulta.

Molné explicó que esta medida busca prevenir y proteger ante posibles situaciones de “abuso o manipulación” y añadió que como excepción se mantiene la edad de consentimiento en 14 años para relaciones entre jóvenes cuya diferencia de edad no exceda los cinco años.

Asimismo, la reforma tipifica como pornografía infantil cualquier material que represente visualmente a una persona que aparenta ser menor participando en conductas sexualmente explícitas reales o simuladas, así como cualquier representación genital de alguien con apariencia menor de edad.

En estos casos, las penas pueden alcanzar hasta 4 años de prisión; también se contempla la tentativa en el delito relacionado con asistencia a espectáculos pornográficos donde participe un menor o persona con discapacidad con sanciones de hasta 2 años.

CORRUPCIÓN PRIVADA

Por primera vez se incluirá en el Código Penal la tipificación de corrupción en el ámbito privado con penas que van desde 3 meses hasta 3 años e inhabilitación para ejercer cargos u oficios por tres años.

También quedan contempladas las tentativas en delitos relacionados con corrupción, malversación pública y tráfico de influencias en el sector privado.

La incorporación de estas modificaciones permitirá firmar y ratificar el Convenio de las Naciones Unidas contra la corrupción adoptado en Mérida (México), considerado un referente global para combatir integralmente este fenómeno.

Finalmente, se reconoce por primera vez la responsabilidad penal de las personas jurídicas en delitos tales como tráfico de seres humanos, infracciones contra el orden socioeconómico, blanqueo de capitales, delitos contra la salud pública, corrupción y tráfico de influencias, así como crímenes contra el medio ambiente.

Este contenido fue hecho con la asistencia de una inteligencia artificial y contó con la revisión del editor/periodista.

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