Fuente: El Universal
Miami. Hace un año, en lo que se denominó el “Día de la Liberación”, el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, aplicó una serie de aranceles globales amparados en la Ley de Poderes Económicos de Emergencia (IEEPA), los cuales fueron anulados por la Corte Suprema el pasado 20 de febrero.
Como reacción, Trump estableció un arancel temporal que expirará el 24 de julio próximo. La incógnita ahora es qué pasos seguirá la Casa Blanca en su ofensiva comercial.
La Administración utilizó la IEEPA para sancionar importaciones de diversos países sin seguir los procesos más lentos del sistema comercial estadounidense. Con esta herramienta, Trump impuso inicialmente un gravamen del 25% a gran parte de las importaciones provenientes de Canadá y México, otro del 10% sobre muchas importaciones chinas y un arancel mínimo del 10% para productos de todos los socios comerciales, con tasas superiores para decenas de naciones; posteriormente hubo incrementos, reducciones y ajustes, especialmente hacia China.
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“Esa herramienta era el núcleo de su estrategia global; la ventaja política que le confería esa ley era que permitía a Trump actuar con rapidez y discreción”, explica a EL UNIVERSAL la economista María Díaz.
La Corte Suprema concluyó que Trump excedió sus atribuciones al aplicar los aranceles bajo la IEEPA.
La administración respondió rápidamente. Jamieson Greer, director de la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos, señaló que el fallo afectaba solo “un elemento” de la política comercial gubernamental y añadió que si la Corte restringía el uso de IEEPA, se emplearían “herramientas alternativas”. La Casa Blanca aceptó la derrota judicial pero aseguró que el programa arancelario continuaría vigente bajo otras bases legales.
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La primera base alternativa fue la Sección 122 de la Ley de Comercio de 1974. Ese mismo 20 de febrero, Trump firmó una proclamación para establecer un recargo temporal del 10% sobre numerosas importaciones, efectivo desde el 24 de febrero. El documento oficial indica que esa medida tendría vigencia “por un periodo de 150 días”. Este cambio fue significativo porque el gobierno pasó de un arancel motivado por una supuesta emergencia global bajo la IEEPA a un recargo temporal justificado por desequilibrios en la balanza de pagos.
Al concluir esos 150 días, advierte Díaz, comenzará “una etapa diferente, posiblemente más compleja en su diseño y fundamental para entender hasta dónde puede llegar su próxima ofensiva”.
Tras el 24 de julio, Trump no podrá mantener con facilidad ese mismo recargo general del 10%, salvo que obtenga una prórroga legislativa; sin embargo, en documentos oficiales a los que EL UNIVERSAL tuvo acceso no se observa una estrategia explícita orientada a buscar una extensión en el Congreso.
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Especialistas consultados por este medio mencionan dos vías principales para Trump: la primera es la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974; esta permite responder a prácticas extranjeras “irrazonables o discriminatorias” que “imponen cargas o limitan” el comercio estadounidense. “Con esta sección ya no se trataría de declarar una emergencia global para actuar contra varios países simultáneamente; sería abrir expedientes contra actos o políticas específicas país por país y desarrollar una justificación administrativa para nuevas medidas arancelarias”, explica Díaz.
Una vez iniciado el expediente, la Oficina del Representante Comercial debe decidir en 45 días si comienza la investigación formal. Al iniciarla, la ley exige consultas con el país investigado junto con trabajo formal con el comité interagencial correspondiente, además de comentarios públicos y audiencias cuando proceda.
Además, la Sección 301 ofrece herramientas tanto punitivas como negociadoras. Autoriza a la Oficina del Representante Comercial a imponer derechos u otras restricciones a las importaciones, retirar concesiones comerciales o firmar acuerdos vinculantes con el país involucrado para eliminar prácticas cuestionadas o compensar daños a EE.UU. Por eso resulta atractiva para Trump: “No solo permite sancionar a países, también brinda capacidad para presionarlos y obtener concesiones luego vendidas como acuerdos”, recalca Díaz.
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El gobierno ya activó esta herramienta. El pasado 11 de marzo, la USTR inició investigaciones bajo esa sección sobre exceso estructural en capacidad y producción manufacturera en 16 economías: China, Unión Europea, Singapur, Suiza, Noruega, Indonesia, Malasia, Camboya, Tailandia, Corea, Vietnam, Taiwán, Bangladesh, México, Japón e India. El aviso publicado en el Registro Federal fijó como plazo para comentarios al 15 de abril y como fecha para comenzar audiencias públicas el 5 de mayo. En este listado México no aparece como aliado preferente sino como nación evaluada por posibles prácticas que supuestamente “gravan o restringen” el comercio estadounidense.
Un día después, el 12 marzo, se abrieron 60 investigaciones bajo la Sección 301 por presuntas deficiencias en prohibiciones eficaces sobre importaciones hechas con trabajo forzado. El Registro Federal nuevamente estableció el 15 abril para comentarios y el 28 abril para iniciar audiencias públicas. El aviso señala que se busca determinar si esas omisiones son “irrazonables o discriminatorias” y afectan negativamente al comercio estadounidense. La lista incluye aliados así como competidores y rivales.
La segunda vía es la Sección 232 de la Ley de Expansión Comercial de 1962. Aquí se argumenta no una mala práctica extranjera sino que ciertas importaciones representan una amenaza a la seguridad nacional. La Oficina de Industria y Seguridad del Departamento de Comercio (BIS) explica que esta investigación busca “evaluar cómo afectan las importaciones a la seguridad nacional”. La ley impone un plazo máximo al secretario del Comercio: tiene 270 días para presentar su informe y si concluye que existe amenaza, el presidente dispone luego 90 días para decidir medidas y otros 15 días más para implementarlas.
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Trump ya ha utilizado esta vía: el pasado 14 enero actuó sobre semiconductores y maquinaria relacionada argumentando que estas importaciones entran en volúmenes y condiciones que “amenazan con afectar la seguridad nacional” y también ponen en riesgo “la economía”. El documento oficial señala insuficiente capacidad productiva nacional frente a demanda interna y justifica un plan mixto entre negociaciones y restricciones comerciales.
Lo mismo ocurre con minerales críticos procesados; proclamación similar también emitida en enero parte del informe del secretario del Comercio e incluye la posibilidad abierta a negociar con socios extranjeros pero sin descartar medidas más estrictas si las conversaciones fracasan. La experiencia reciente con acero y aluminio muestra hasta dónde puede llegar esta herramienta: en junio del 2025 Trump elevó los aranceles bajo esta sección del 25% al 50% sobre esos productos manteniendo vigentes las medidas hasta modificación expresa. Esta diferencia es clave respecto a la Sección 122: aquí no hay límite temporal fijo como los 150 días antes mencionados.
La excepción norteamericana introduce otra complejidad: bajo la proclamación asociada a la Sección 122 quedaron excluidos del recargo temporal los productos ingresados libremente bajo acuerdos existentes; por ejemplo los bienes canadienses o mexicanos amparados por el Tratado entre México Estados Unidos y Canadá (T-MEC). Esta exclusión es relevante porque “muestra que Trump no puede tratar igual a todos sus socios cuando existen compromisos comerciales vigentes”, sostiene Díaz.
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Simultáneamente, USTR abrió consulta pública para revisión conjunta del T-MEC prevista para el primero julio próximo; esto pone tanto a México como Canadá en posición dual: parcialmente protegidos frente al recargo general pero inmersos en revisión del tratado justo cuando Washington rediseña su arsenal arancelario.
Más allá del enfoque estratégico, especialistas alertan quién termina pagando esos aranceles: estudio del National Bureau of Economic Research concluye que casi todo ese costo se traslada al precio final dentro EE.UU., significando carga importante sobre su propia economía. El Peterson Institute for International Economics advirtió en enero que dicho impacto diferido podría elevar inflación general hasta “50 puntos básicos” hacia mitad año. “La política comercial puede ser popular entre parte base política”, señala Díaz; sin embargo “finalmente será la economía estadounidense quien asuma esa factura”, advierte ella.
Este contenido fue hecho con la asistencia de una inteligencia artificial y contó con la revisión del editor/periodista.









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