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Sisalril impulsa la prescripción de medicamentos genéricos en el SS

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Este es un rubro que implica un gasto directo considerable para los afiliados al sistema de seguridad social.

Fuente: Hoy Digital

Sisalril pide al CNSS revisar normas para prescripción y entrega de medicamentos en el SDSS

La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) solicitó al Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) que presente un decreto que modifique las reglas relacionadas con la prescripción y dispensación de medicamentos dentro del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).

Este es un rubro que implica un gasto directo considerable para los afiliados al sistema de seguridad social.

La solicitud

Dicha petición se encuentra en una carta enviada por Sisalril al ministro de Trabajo, Eddy Olivares, en su rol como presidente del CNSS, fechada el 24 de febrero del presente año.

Entre las principales medidas destaca la obligatoriedad de prescribir por Denominación Común Internacional (DCI), es decir, utilizando el nombre genérico en lugar de la marca comercial.

Cambios propuestos

El documento, firmado por el superintendente Miguel Ceara Hatton, plantea derogar el decreto 665-12 y modificar el Reglamento para la Prescripción y Dispensación de Medicamentos Ambulatorios en el SDSS.

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Confían en que la aprobación de esta iniciativa tendrá un impacto positivo en la relación entre médicos, farmacias, aseguradoras y afiliados al Seguro Familiar de Salud.

Desde comienzos de año, este asunto forma parte de la agenda de Sisalril, junto con la implementación de la Atención Primaria.

Medicamentos genéricos

El proyecto incluye que los fármacos cubiertos por el sistema deban ser prescritos por su nombre genérico. Asimismo, establece que las farmacias autorizadas solo podrán hacer sustituciones por equivalentes químicos, siempre con la aprobación del médico tratante o del afiliado.

Control de precios

Además, se incorporan topes máximos para los precios de medicamentos ambulatorios, los cuales serían revisados cada seis meses por Sisalril. En caso de que un afiliado elija un producto cuyo precio supere dicho límite, deberá cubrir la diferencia junto con el copago correspondiente.

Medicamentos biosimilares

Para los medicamentos biológicos, el texto condiciona su intercambiabilidad con biosimilares a que estos cuenten con avales de organismos regulatorios internacionales como la FDA o la Agencia Europea de Medicamentos, según una lista proporcionada por la Dirección General de Medicamentos, Alimentos y Productos Sanitarios (Digemaps).

Características

Los biosimilares son medicamentos similares a un biológico original aprobado, sin diferencias clínicamente significativas en cuanto a seguridad, calidad o eficacia; aunque no son copias idénticas como ocurre con los genéricos tradicionales debido a la complejidad en su fabricación.

La propuesta incluye además la precertificación obligatoria para neoadyuvantes y quimioterápicos, estableciendo un plazo máximo de 72 horas hábiles para su autorización.

También contempla la habilitación de recetas digitales para medicamentos ambulatorios —excepto fármacos controlados— con el propósito de modernizar los procesos de prescripción y mejorar la trazabilidad dentro del sistema. Estas son tareas pendientes actualmente.

En la carta enviada, Sisalril indica que el CNSS ya había presentado una propuesta diferente ante la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo; sin embargo, esa versión no incorporó observaciones previas hechas por la Superintendencia.

Por ello, enviaron una nueva propuesta al ministro Eddy Olivares Ortega, presidente del CNSS, para que sea considerada.

De avanzar esta iniciativa, los afiliados al Seguro Familiar de Salud y al Seguro de Riesgos Laborales recibirían recetas emitidas con nombre genérico y podrían consultar el listado de medicamentos cubiertos, cuya publicación sería obligatoria en las farmacias participantes.

Además, las aseguradoras tendrían que responder las solicitudes para medicamentos costosos en un plazo máximo de 72 horas y permitirían fraccionar en no más de tres cuotas los pagos correspondientes a la cuota moderadora variable para esos tratamientos.

Aunque esta propuesta fue remitida al presidente del CNSS, su posible inclusión en el texto que ya está en trámite ante la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo dependerá del propio CNSS.

Este contenido fue hecho con la asistencia de una inteligencia artificial y contó con la revisión del editor/periodista.

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