Fuente: Listin diario
Ahora serán los jueces de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, que no han sido recusados, quienes asumirán la responsabilidad de conocer y resolver la recusación.
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia declaró que no le corresponde conocer la recusación presentada contra la jueza de instrucción especial Isis Muñiz, encargada del conocimiento de la medida de coerción contra el fiscal Aurelio Valdez Alcántara, acusado de recibir un soborno de 10 mil dólares.
En sesión realizada en cámara de consejo, mediante la Resolución núm. 49-2026, el pleno fundamentó su decisión en que, conforme al ordenamiento jurídico vigente, el procedimiento para apartar a un juez por presunta falta de imparcialidad debe agotarse en la instancia correspondiente antes de escalar a la máxima autoridad judicial.
Luego de revisar el expediente, el Pleno de la Suprema concluyó que no es su competencia decidir sobre esta recusación, apoyándose en los artículos 82 y 83 del Código Procesal Penal (CPP).
Se establece que cuando la recusación recae sobre un juez de una Corte de Apelación y no afecta el quórum del órgano (es decir, quedan suficientes magistrados para sesionar), corresponde la competencia a sus propios miembros o a la presidencia de esa misma cámara.
Al no ser competente para decidir respecto a la magistrada Muñiz Almonte, la Suprema ordenó enviar el expediente sin demora a la Presidencia de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional.
Próximos pasos del proceso
Con esta remisión, serán los jueces no recusados de dicha Corte de Apelación quienes analizarán y determinarán si los argumentos presentados por Valdez Alcántara justifican legalmente apartar a la magistrada del conocimiento de la solicitud de medida de coerción.
Esta resolución reafirma el criterio adoptado por la Suprema Corte de Justicia de respetar la jerarquía y competencias funcionales de los tribunales inferiores, garantizando que cada caso se resuelva conforme a los plazos y procedimientos estipulados en la normativa procesal penal.
La magistrada Muñiz, presidenta de la Segunda Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, fue recusada por los abogados defensores del fiscal, quien estaba adscrito a la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca).
Motivos detrás de la recusación
El recurso fue interpuesto por los abogados Alberto Delgado y Valentín Medrano, quienes alegan que la jueza Muñiz comprometió su imparcialidad. Según ellos, no debería conocer el proceso de coerción porque previamente autorizó al Ministerio Público diligencias investigativas clave, como la “entrega vigilada” del dinero supuestamente recibido como soborno.
Aunque la magistrada rechazó las objeciones y decidió no inhibirse voluntariamente, el procedimiento establece que ante esta situación el expediente debe ser elevado a la SCJ para una decisión final.
Detalles del caso
El fiscal Valdez Alcántara es señalado por el Ministerio Público por haber recibido dinero entregado por un testigo vinculado a una investigación relacionada con el Servicio Nacional de Salud (Senasa).
Debido a la gravedad del hecho y a su condición como fiscal, el órgano persecutor solicitó un año de prisión preventiva como medida cautelar.
El Ministerio Público argumenta que existe un alto riesgo que el imputado pueda obstaculizar o influir en el curso de la investigación aprovechando su posición dentro del sistema judicial.
Este contenido fue hecho con la asistencia de una inteligencia artificial y contó con la revisión del editor/periodista.









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