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Equipo legal del fiscal Aurelio Valdez cuestiona “ilegitimidad” en proceso de recusación contra jueza

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El jurista señaló que el Código Procesal Penal define claramente los mecanismos para resolver este tipo de conflictos y que el procedimiento seguido hasta ahora contraviene dicha normativa.

Fuente: Listin diario

Defensa del fiscal Valdez Alcántara cuestiona decisión de la Suprema Corte sobre recusación a jueza especial

El abogado Valentín Medrano, parte del equipo legal que defiende al fiscal Aurelio Valdez Alcántara, expresó su rechazo a la resolución del pleno de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), tras declararse incompetente para conocer la recusación presentada contra la jueza de instrucción especial, Isis Muñiz.

Muñiz fue designada para llevar el caso relacionado con la medida de coerción contra el fiscal Valdez Alcántara, acusado de recibir 10 mil dólares de un imputado vinculado al proceso judicial del Seguro Nacional de Salud (Senasa).

Medrano calificó esta decisión como un “elemento más de ilegitimidad” en el proceso contra el fiscal, quien trabajaba en la Procuraduría Especializada de la Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) y enfrenta una solicitud de prisión preventiva por parte del ministerio público como medida cautelar.

Aunque el pleno de la Suprema se declaró incompetente para analizar la recusación, aspecto en el que coincide la defensa, Medrano denunció que remitir el expediente a esa instancia fue “inadecuado, irregular y contrario a las normas”.

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El jurista señaló que el Código Procesal Penal define claramente los mecanismos para resolver este tipo de conflictos y que el procedimiento seguido hasta ahora contraviene dicha normativa.

“Lamentamos profundamente y alzamos nuestra voz en contra de esta decisión, porque se constituye en un nuevo elemento de ilegitimidad del proceso”, sostuvo Medrano.

La defensa sostiene que ni el pleno de la Suprema Corte ni el pleno de la Corte de Apelación del Distrito Nacional tienen competencia para decidir sobre esta recusación en un asunto de jurisdicción especial.

De acuerdo con la argumentación procesal presentada por Medrano, corresponde exclusivamente a la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia conocer este tipo de casos.

Para fundamentar su postura, el abogado hizo una comparación con el procedimiento ordinario, explicando que cuando se recusa a un juez de instrucción común, el caso pasa a la Corte de Apelación, tribunal superior inmediato encargado de conocer recursos de apelación.

Siguiendo este mismo criterio, en la jurisdicción especial que rige al fiscal Valdez Alcántara, cualquier recurso contra decisiones emitidas por un juez instructor especial debe ser resuelto por la Sala Penal de la Suprema Corte; por tanto, al ser esta sala el órgano superior funcional en materia de apelaciones, es también la única con facultad para decidir sobre la recusación del juez.

El jurista insistió en que respetar las jerarquías y competencias establecidas en las normas procesales penales es clave para asegurar transparencia y legalidad en un proceso que consideran viciado desde su traslado al pleno.

El recurso fue presentado por los abogados Alberto Delgado y Valentín Medrano, quienes argumentan que la jueza Muñiz ha perdido su imparcialidad.

Según la defensa, Muñiz no debería conocer la medida coercitiva porque previamente autorizó al Ministerio Público a llevar a cabo diligencias investigativas esenciales, entre ellas una “entrega vigilada” del dinero presuntamente entregado como soborno.

El fiscal Valdez Alcántara es acusado por el Ministerio Público de haber recibido dinero por parte de un testigo vinculado a una investigación relacionada con Senasa.

Ante la gravedad del caso y considerando que el imputado ocupa un cargo fiscal, el órgano persecutor solicitó una prisión preventiva por un año como medida cautelar.

El Ministerio Público argumenta que existe un alto riesgo de que el acusado pueda interferir u obstaculizar el desarrollo de la investigación aprovechando su posición dentro del sistema judicial.

Este contenido fue hecho con la asistencia de una inteligencia artificial y contó con la revisión del editor/periodista.

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