Fuente: Presidencia de la República Dominicana
Santo Domingo.- Eddy Olivares Ortega, ministro de Trabajo, resaltó el incremento del 25 % en el salario mínimo para los operadores de máquinas pesadas en el sector agrícola, aprobado por el Comité Nacional de Salarios (CNS) a través de la Resolución núm. 11/2026.
El funcionario destacó que esta medida, fruto de un acuerdo tripartito entre trabajadores, empleadores y el Estado, representa un nuevo logro en el diálogo social promovido por el Ministerio de Trabajo con el objetivo de mejorar las condiciones laborales y salariales de los trabajadores dominicanos.
"Este aumento del 25 % reconoce la importancia del trabajo que desempeñan los operadores de máquinas pesadas en la agricultura y demuestra que, mediante un diálogo responsable entre trabajadores, empleadores y el Estado, es posible alcanzar acuerdos que optimicen las condiciones laborales y favorezcan el desarrollo productivo", afirmó Olivares Ortega.
La Resolución núm. 11/2026, emitida el 29 de septiembre, eleva de RD 22,000 a RD 27,500 mensuales el salario mínimo para estos operadores en todo el país.
Entre las nuevas tarifas establecidas se encuentran RD 23.70 por tarea para el corte de arado; RD 116.53 por tarea para el fangueo; RD 183.63 por tarea para la nivelación con gredar; RD 16.88 por saco en la recolección de arroz y maíz; y RD 8.38 por saco para la cosecha de sorgo.
El ministro señaló que este acuerdo fue logrado durante la sesión del Comité Nacional de Salarios del 23 de septiembre de 2026, donde representantes de trabajadores y empleadores alcanzaron un consenso definitivo sobre la nueva escala salarial.
"El tripartismo vuelve a evidenciar su relevancia como mecanismo para lograr soluciones equilibradas y sostenibles en el ámbito laboral. Este acuerdo beneficia directamente a los trabajadores y ofrece un marco claro para los empleadores del sector agrícola", expresó Olivares.
La resolución dispone que los ayudantes y tractoristas de acarreo, así como los vigilantes de equipos, recibirán el salario mínimo establecido para los trabajadores del sector privado no sectorizado.
Asimismo, establece que los empleadores deberán llevar un registro detallado con las horas diarias trabajadas por cada empleado.
El CNS también determinó que quienes al momento de la aprobación perciban un salario superior al nuevo mínimo mantendrán ese sueldo conforme al artículo 217 del Código de Trabajo, sin perjuicio de posibles mejoras mediante acuerdo entre las partes.
Olivares Ortega subrayó que esta actualización salarial forma parte del compromiso del Comité Nacional de Salarios de revisar periódicamente las tarifas mínimas según las condiciones propias de cada actividad económica, buscando que las remuneraciones contribuyan a mejorar la calidad de vida de los trabajadores y sus familias.
"Continuaremos apostando al diálogo social como la vía para construir acuerdos que permitan incrementar los ingresos laborales, fortalecer la formalización y mantener un ambiente favorable para la inversión, producción y generación de empleo", concluyó el ministro.









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