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Tribunal de Puerto Plata pospone nuevamente fallo sobre apelaciones de Wander Franco

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El tribunal estableció como nueva fecha el 29 de octubre a las 9:00 a.m., debido a que la sentencia aún no está lista, según informó el Ministerio Público.

Fuente: Hoy Digital

La Corte de Apelación de Puerto Plata, compuesta por Miguelina Beard (presidenta), Germán Martínez y Manuel Ureña, pospuso nuevamente este martes la lectura del fallo sobre los recursos de apelación en el proceso judicial contra el pelotero Wander Franco, acusado de violación sexual y violencia psicológica contra una menor.

El tribunal estableció como nueva fecha el 29 de octubre a las 9:00 a.m., debido a que la sentencia aún no está lista, según informó el Ministerio Público.

Sobre la solicitud

La Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo junto a la Fiscalía de Puerto Plata presentaron un recurso de apelación contra la Sentencia Penal núm. 272-02-2026-SSEN-00149, emitida el 25 de mayo de 2026 por el Tribunal Colegiado Ad Hoc del Distrito Judicial de Puerto Plata. Dicha sentencia declaró culpable a Franco Aybar por los mencionados delitos, pero le otorgó un perdón judicial que lo exime de cumplir una pena.

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El acusado fue hallado responsable de violar los artículos 396, literales b y c, del Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03), relativos al abuso sexual y psicológico de menores.

Tras presentar sus conclusiones, el órgano acusador solicitó al tribunal de apelación admitir formalmente el recurso parcial por cumplir con los plazos y requisitos legales correspondientes.

En cuanto al fondo, pidió que la corte revoque la sentencia por considerarla desproporcionada frente a las agravantes comprobadas y al grado de implicación del acusado.

El Ministerio Público demandó la revocación del primer punto de la sentencia recurrida y que se dicte una condena de cinco años de prisión para Franco, a cumplirse en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) San Felipe, en Puerto Plata.

Además, solicitó mantener la condena de diez años impuesta a la madre de la adolescente por explotación sexual comercial y lavado de activos, decisión que no fue apelada por la fiscalía.

Durante la sesión, la corte analizó tanto los recursos presentados por el Ministerio Público como los planteados por las defensas de los procesados.

Los fiscales Claudio Alberto Cordero Jiménez (Procuraduría Especializada Antilavado) y José Martínez Montán (Fiscalía de Puerto Plata), representantes del Ministerio Público, pidieron a los jueces rechazar las apelaciones presentadas por los acusados por carecer de fundamentos legales.

El recurso fue interpuesto contra la sentencia del Tribunal Colegiado Ad Hoc integrado por los jueces José Ramón Núñez (presidente), Jenny Amarilis Martínez y Praire Ruiz, argumentando que hubo una incorrecta aplicación legal incompatible con la gravedad probada de los hechos.

Los fiscales expresaron confianza en que la corte realizará un análisis exhaustivo de los argumentos presentados y tomará una resolución acorde con la Constitución, las leyes y la protección especial que merecen niños, niñas y adolescentes.

El recurso fue firmado por los magistrados Ramona Nova Cabrera, Kelmi Ricardo Duncan Torres, Claudio Alberto Cordero Jiménez, José Martínez Montán y Olga Diná, quienes sostienen que la sentencia contiene una interpretación errónea del perdón judicial, previsto para casos excepcionales que a juicio del órgano acusador no aplican en esta situación.

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