Manuel Ramón Herrera Carbuccia valoró el desempeño del magistrado Namphi Rodríguez en la SCJ, destacando más de 300 ponencias en derechos fundamentales y medio ambiente.
Santo Domingo.- El presidente de la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Manuel Ramón Herrera Carbuccia, valoró este martes como positiva la labor del magistrado Namphi A. Rodríguez, de quien destacó la convergencia de la tradición jurisprudencial con las nuevas corrientes del Derecho en su visión judicial y académica.
Al recibir el informe de despacho del magistrado, Herrera Carbuccia reseñó que, entre enero y octubre de este año, Rodríguez fue ponente de 308 sentencias. Señaló que estas decisiones fundamentan pilares en la protección de los derechos constitucionales, con proyectos de trascendencia en materia de medio ambiente, derecho tributario y límites a las interceptaciones telefónicas en procesos disciplinarios.
Precedentes en escuchas telefónicas e interés casacional
Entre los fallos destacados figura la sentencia SCJ-TS-26-0743, del 17 de abril de 2026, la cual aplicó el precedente TC/1278/25. En este dictamen se fijó que una autorización judicial no basta para legitimarla si no existe una ley formal que la autorice expresamente, precisando que las facultades disciplinarias del Poder Judicial no se equiparan a las de persecución penal.
Asimismo, se resaltó la sentencia SCJ-TS-26-0355, del 26 de febrero de 2026, en la que el juez —integrado al tribunal supremo en 2025— desarrolló el concepto de interés casacional constitucionalmente notorio. La decisión estableció que los vicios por falta de ponderación o contradicción de motivos habilitan el acceso al recurso de casación, conforme a la Constitución y a la Ley 2-23.
En materia de pensiones por invalidez, la resolución SCJ-TS-26-0678, del 31 de marzo de 2026, innovó al aplicar por primera vez en casación la técnica de interpretación del “distinguishing” para diferenciar circunstancias particulares del litigio.
Protección ambiental, régimen tributario y derecho de autor
Respecto a la tutela del medio ambiente, la Tercera Sala dictó la sentencia SCJ-TS-26-1340, la cual respaldó la potestad sancionadora preventiva del Estado ante la instalación no autorizada de comercios en el Parque Nacional Cotubanamá (Isla Saona). El fallo estableció que la Administración no requiere comprobar la presencia física de turistas para actuar ante la infracción.
En el ámbito tributario, la sentencia SCJ-TS-26-1902, del 30 de septiembre de 2026, fijó que un acuerdo de pago entre el contribuyente y la administración no puede modificar el régimen especial de prescripción de tres años para llevarlo al fuero civil de 20 años en perjuicio del ciudadano.
Finalmente, mediante la decisión SCJ-TS-26-1557, del 31 de julio de 2026, el tribunal delimitó la competencia contencioso-administrativa en materia de derechos de autor, resolviendo que los conflictos internos de sociedades de autores sobre reformas estatutarias pertenecen a la libertad de asociación constitucional y no a esa jurisdicción.









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