Experto en contrataciones públicas afirma que la declaratoria de estado de emergencia suele ser utilizada para violar la ley 340

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Santo Domingo - Joseph Abreu, ex coordinador de Participación Ciudadana y ahora miembro de la Comisión de Transparencia y Análisis Político de la organización, afirmó que cuando se declara el es.

Santo Domingo – Joseph Abreu, ex coordinador de Participación Ciudadana y ahora miembro de la Comisión de Transparencia y Análisis Político de la organización, afirmó que cuando se declara el estado de emergencia nacional, los políticos buscarán reiteradamente medios y ‘resquicios’ para evadir las contrataciones públicas y las Ley de Contratos, afirmó que buscarán repetidamente cualquier medio o “resquicio” para eludirlas.

Así lo demuestra un informe sobre contratación pública elaborado por la Unidad de Análisis Financiero (UAF), según el cual casi el 40% de las contrataciones se realizaron a través de mecanismos excepcionales. Abreu hizo estos comentarios al comparecer en el programa “Toda la Verdad”, conducido por Julio César de la Rosa, que se transmite todos los domingos a las 20:00 horas por el canal 32 de VTV.

Señaló que entre los tipos de excepciones que contempla la Ley 340-06 está la declaración del estado de emergencia. ‘La declaratoria de emergencia es también uno de los mecanismos muy utilizados por todos los organismos, donde aprovechan cada situación para realizar un informe pericial conocido para demostrar o justificar que se debe aplicar un proceso de compra excepcional por la urgencia de X’. Luego, cuando revisan los informes periciales, se dan cuenta de que se trataba de problemas bien planificados y previsibles.

Y es que es de sobra conocido que en política es habitual hacerse con el poder a través de mecanismos clientelares, explicando que “hay promesas que hay que cumplir con muchas personas que habrían contribuido a la campaña electoral y ésta es una de las principales motivaciones para las prácticas corruptas”.

Señaló que algunos de los casos que han sido juzgados, como el llamado caso Antipulpo, demuestran que ciertas empresas hicieron grandes contribuciones a las campañas electorales y posteriormente se beneficiaron de contratos de bienes, servicios y obras públicas.

En su opinión, existe una “no aplicación de sanciones” contra los funcionarios que participan principalmente en el proceso de compras y contrataciones públicas.

Señaló que aún en el marco de una declaratoria de emergencia, si el proceso de contratación se realiza en contravención a la Ley 340-06, se podrían aplicar sanciones tanto al funcionario como al proveedor que no cumpla con la normativa legal.

Asimismo, resaltó que al finalizar el proceso de contratación de emergencia, la ley y su reglamento obligan a cada organismo a elaborar un informe detallado y completo y remitirlo a la Contraloría y Auditoría General de la República y a la Contraloría y Auditoría General de la República, describiendo cómo se llevó a cabo el proceso, qué se contrató y cómo se contrató.

El señor Abreu dijo que la Ley 340-06 tiene principios que deben ser observados, incluyendo la transparencia, la competencia que garantice la participación de un gran número de oferentes en el sector de las licitaciones, y la publicación para que la mayoría conozca los detalles del contrato de la entidad.

El Sr. Abreu tiene más de 18 años de experiencia en consultoría, asesoramiento contable y fiscal a empresas de diferentes sectores del sector productivo (servicios, construcción, industria, fabricación, comercio minorista, etc.). Tiene amplia experiencia en la estructuración de fideicomisos inmobiliarios (desarrollo e inversión) y viviendas de bajo costo. Es licenciada en contabilidad por la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) y cuenta con una maestría en derecho tributario y consultoría fiscal por la Universidad Iberoamericana (UNIBE).

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