En la primera parte de 2024, cubriremos un tema importante en el campo de la contratación pública y la contratación pública en la República Dominicana: los umbrales. Esta es una pregunta fundamental para comprender los diversos procesos de adquisición que existen en nuestro país. En primer lugar, es importante desmitificar la idea de que cualquier proceso de compra es una oferta al público.
La Ley 340-06 sobre Contrataciones y Contrataciones Públicas establece más de cinco tipos diferentes de procedimientos, cada uno con requisitos y aspectos legales específicos. Entendemos que la adquisición de un bien o servicio por 150.000 pesos no se rige por los mismos parámetros que por 8 millones de pesos, lo cual es fundamental para la efectividad de la adquisición. Los umbrales que determinan cuando un proceso entra en una categoría u otra, son establecidos por la Dirección de Licitaciones y Contrataciones Públicas, como órgano rector del sistema.
Esta unidad emite resoluciones anuales para actualizar los umbrales máximos de los procedimientos de selección, de acuerdo con las realidades económicas del país. Este año 2024, la resolución No. PNP-01-2024 fijó los umbrales iniciales, permitiendo la compra de bienes y servicios, compras pequeñas desde RD$234,908.86 hasta RD$1,761,816.41, precios comparados suben hasta RD$ 5,362,627.33 y ofertas desde RD$ 5,362,627.33.
En cuanto a la adjudicación de contratos de construcción, partieron comparando precios entre RD$46,981,771.18 y RD$176,181,641.91, sorteando obras que van desde RD$176,181,641.92 a RD$293,636,069.86 y ofertas a partir de RD$390,784,602.00. Estos valores cambian cada año para adaptarse a las condiciones económicas cambiantes. La pregunta lógica es: ¿por qué estos umbrales cambian cada año?
La respuesta está en la cambiante situación económica del país. La inflación y otros factores requieren ajustes para no impedir que las entidades públicas compren bienes y servicios a los mismos precios año tras año. La fórmula para calcular estos umbrales se basa en el presupuesto de ingresos vigente del gobierno central, aprobado por la Asamblea Nacional, multiplicado por los coeficientes especificados en la Ley 340-06 sobre compras y contratos públicos en el artículo 17 de la Ley Este.
Además, se verifica que no supere el umbral del DR-CAFTA, el cual es ajustado cada dos años por la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos. Este ajuste también implica convertir los valores a moneda local, utilizando el tipo de cambio del dólar estadounidense fijado por el Banco Central en la fecha de emisión de la resolución. Específicamente, ¿cómo benefician estos cambios a las organizaciones y proveedores públicos?
Las organizaciones pueden realizar pequeñas compras con mayor rapidez, respetando los principios y procesos establecidos por la ley. Esto facilita la compra de bienes y servicios hasta por un millón setecientos mil pesos, con un plazo mínimo de llamada de dos días hábiles. Para los proveedores, la participación en procesos más grandes se vuelve más accesible sin los requisitos técnicos y las garantías económicas de procesos más grandes, como la comparación de precios y las licitaciones públicas.
En resumen, es esencial comprender los umbrales aplicables a las adquisiciones y contratos públicos para navegar eficazmente en los distintos procesos. Este ajuste anual pretende responder a la dinámica económica del país, evitando la limitación de que las instituciones públicas incurran en costos estáticos. Específicamente, esto beneficia tanto a las instituciones públicas como a los proveedores, al agilizar los procesos y hacer accesible la participación en adquisiciones más grandes, pero también abre la puerta a la fragmentación y la corrupción si no se toman las medidas adecuadas.
Comprender y navegar estos umbrales es fundamental para una gestión eficaz y legal, y en episodios futuros exploraremos tipos específicos de procesos de compra para enriquecer la conversación sobre compras responsables en la República Dominicana.