El documento recibió 22 votos a favor y uno en contra, se busca la exención de impuestos por 10 años a partir de su promulgación, los impuestos deben ser implementados por los importadores de cámaras de video con el objetivo de contribuir a seguridad y protección. Según las consideraciones expuestas en el documento, los sistemas de videovigilancia constituyen una de las herramientas preventivas y disuasorias que contribuyen a la lucha contra la inseguridad. Zonas residenciales, comercios, propiedades de campo, departamentos, pulperías, supermercados, hoteles, bares, restaurantes, escuelas, colegios, clínicas, hospitales y otros campos afines son los campos que estarán exentos del impuesto, a través de la Dirección General de Aduanas (DGA).
). necesarios para la adquisición de este tipo de videocámaras. Esta legislación cubre cámaras Bullet, Dome, Box y PTZ, que pueden instalarse en ambientes interiores y exteriores, para grabar vídeo 720p, 1080p y 4K.
Adicionalmente el videograbador tiene una capacidad de grabación y audio de no más de 32 canales con entradas analógicas, digitales y de red (IP). A esta lista libre de impuestos también se añaden fuentes de alimentación para grabadores analógicos y digitales de hasta 32 canales. Esta ley modificaría el capítulo 85 de la ley 146-00 sobre reforma tarifaria y compensación tributaria, que cubre las cámaras de seguridad digitales y sus componentes.
Asimismo, reformaría cualquier otra disposición legal incompatible con este proyecto de ley, según lo dispuesto en la disposición quinta denominada Modificaciones. El 16 de julio de 2012, el Congreso de la República Dominicana promulgó la Ley 171-12, destinada a facilitar la adquisición de cámaras de videovigilancia, mediante la exención del pago de cualquier impuesto de importación durante el período de 10 años. Este plazo finaliza en 2022 y por tanto este dispositivo tecnológico no disfrutará actualmente de ningún incentivo fiscal.