Economicas Primera Plana

La JCE plantea vetar el uso de redes sociales en encuestas

8657715057.png
La Junta Central Electoral (JCE) sometió a consulta el proyecto de reglamento para regular el registro de firmas o empresas encuestadoras y las directrices para encuestas con fines electorales.

Este contenido fue hecho con la asistencia de una inteligencia artificial y contó con la revisión del editor/periodista.

La Junta Central Electoral (JCE) sometió a consulta el proyecto de reglamento para regular el registro de firmas o empresas encuestadoras y las directrices para encuestas con fines electorales. La propuesta contempla la prohibición de mediciones de posicionamiento en redes sociales, internet y medios de comunicación audiovisuales. Igualmente, la supervisión en el trabajo de campo para la selección de candidaturas.

Para ser habilitadas, las firmas deberán presentar estatutos, filiales, currículums de los técnicos responsables y participantes en encuestas, accionistas, consejo de administración, nómina de directivos e indicar el área geográfica donde realizarán sus trabajos.

Puede leer: Gonzalo, Monte Plata, bajo la lupa: Migración investiga sobre asentamientos irregulares de haitianos

Aquellas registradas que deseen realizar y publicar encuestas deberán detallar en la publicación la denominación y domicilio de la entidad, la que encarga, y aspectos técnicos, como el propósito y fecha de realización de los trabajos, el ámbito geográfico y población objetivo, el método de muestreo y tamaño de la muestra, el margen de error, el nivel de confianza y representatividad, el procedimiento de selección de encuestados, el texto íntegro de las preguntas, el número de personas que no respondieron cada una, el tipo de entrevista, priorizando la personal – domiciliaria y en menor medida la telefónica, “quedando excluido el posicionamiento mediante redes sociales, entrevistas “on-line” o sondeos en medios radiales, televisivos o internet”. Asimismo, el software utilizado para el procesamiento de datos.

Señala que para la selección de candidaturas, los miembros o militantes encuestados y la militancia deben ser informados y consultados. No obstante, aclara que, aunque supervise, la JCE no está facultada para validar resultados.

“La Junta Central Electoral no está facultada constitucional ni legalmente para validar o no el resultado de las encuestas de las firmas o empresas encuestadoras debidamente registradas que realizan los partidos, agrupaciones y movimientos políticos para seleccionar sus candidaturas, por lo cual, su función en esa materia se limita, únicamente, a lo establecido en la Ley No. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, la Ley No. 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos y el presente reglamento”.

Sobre el Autor

TRA Noticias

TRA Noticias

Agregar Comentario

Clic para comentar

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

TRA Digital

GRATIS
VER