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A dos décadas de la Ley 76-02, que desmanteló el sistema inquisitivo napoleónico en el país, juristas, académicos y magistrados coinciden en que ha llegado el momento de reformar el Código Procesal Penal, recogiendo precedentes y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y de la Suprema Corte de Justicia (SCJ). El código, vigente desde 2004 tras un periodo de adaptación, fue modificado en 2015 por la Ley 10-15. Desde entonces, ha sufrido cambios, producto del ajuste jurisprudencial, al punto de que su actualización legislativa es un imperativo.
El año pasado, la sentencia TC/0765/24 declaró inconstitucional el proceso congresional de las modificaciones de 2015. Ante esto, el TC dio un año al Congreso para solucionar el problema y armonizar el texto normativo. El plazo vence en diciembre.
A raíz de dicha sentencia, el senador del Distrito Nacional, Omar Fernández, presentó un proyecto de ley para dar respuesta al problema. Esta iniciativa, apoyada por Félix Bautista, requiere una evaluación minuciosa y un debate académico urgente.
El proyecto contempla los cambios desde 2015 y abarca sentencias como TC/0283/21, sobre la validez de peritajes contables privados; TC/0271/24 y TC/0740/24, sobre la motivación para rechazar la extinción de la acción penal, y TC/0561/24, sobre el archivo de expedientes y la duración del proceso.
En principios fundamentales, destaca la propuesta de modificación sobre la primacía constitucional y la integración de la jurisprudencia comparada, así como precisiones a otros principios como el plazo razonable, el juez natural, el derecho al recurso y la legalidad de la prueba.
Un punto novedoso es la incorporación de un nuevo procedimiento especial para infracciones de acción pública a instancia privada. Los delitos con pena máxima de cinco años pasarían de la investigación al juicio, sin audiencia preliminar.
Esta idea del senador Fernández permitiría que muchos casos sean procesados en un tiempo razonable, al agilizar la etapa intermedia, descongestionando la jurisdicción de instrucción.
Otro aspecto importante es la reorganización del juicio a personas con jurisdicción especial, que se adapta a la jurisprudencia de la SCJ, armonizando el procesamiento con el derecho al recurso, garantizado por la Constitución y la normativa internacional.
Es clave la definición que el proyecto asume sobre la noción procesal de única instancia, considerando el concepto orgánico y zanjando cualquier discusión con una propuesta intermedia, conforme a la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).
El proyecto ajusta la extradición para precisar que la SCJ se limite a evaluar judicialmente los requisitos, pero acotando que el trámite se rige por las normas de política exterior del Estado dominicano, competencia del presidente de la República.
Finalmente, se resalta el fortalecimiento de las normas de ejecución, precisando las sentencias de absolución y las decisiones con carácter ejecutorio durante el proceso penal.
La iniciativa del senador Omar Fernández es un buen punto de partida para la discusión legislativa sobre el debido proceso, en la intervención estatal en los derechos fundamentales.
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