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Ecuador: Legislación reciente pone en riesgo derechos

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El 10 de junio, la Asamblea aprobó la Ley Orgánica de Inteligencia que establece un marco legal para las actividades y operaciones de inteligencia y contrainteligencia.

Este contenido fue hecho con la asistencia de una inteligencia artificial y contó con la revisión del editor/periodista.

(Washington D. C.) – Human Rights Watch declaró hoy que las nuevas leyes sancionadas por la Asamblea Nacional de Ecuador y firmadas por el presidente Daniel Noboa incluyen disposiciones riesgosas que ponen en peligro los derechos de los ecuatorianos.

El 7 de junio de 2025, la recién instalada Asamblea Nacional aprobó, mediante un trámite acelerado, la Ley Orgánica de Solidaridad Nacional, la cual otorga al presidente amplios poderes para declarar y responder a un “conflicto armado interno”. El 10 de junio, la Asamblea aprobó la Ley Orgánica de Inteligencia que establece un marco legal para las actividades y operaciones de inteligencia y contrainteligencia. La nueva legislación abre la puerta al uso injustificado de la fuerza letal, debilita la rendición de cuentas por los abusos de las fuerzas de seguridad y socava las garantías que regulan la obtención de información por parte de agencias de inteligencia.

“Ecuador necesita urgentemente abordar la inseguridad y el crimen organizado, pero es muy probable que estas leyes solo empeoren la situación”, señaló Juanita Goebertus, directora de la División de las Américas de Human Rights Watch. “La seguridad no se construye con legislación apresurada, mal redactada y con un alcance demasiado amplio. Por el contrario, se requiere un debate cuidadoso, salvaguardias sólidas y respeto por los derechos humanos”.

En los últimos años, Ecuador ha experimentado un fuerte aumento de la violencia vinculada al crimen organizado, llevando las tasas de homicidio a niveles récord en 2023, con más de 47 homicidios por cada 100.000 habitantes, según el Observatorio Ecuatoriano de Crimen Organizado. Según el Observatorio, en 2024 la tasa de homicidios se redujo en alrededor de un 15 %. Sin embargo, los homicidios, atribuidos en su mayoría a grupos criminales, han experimentado un nuevo incremento en 2025, de acuerdo con cifras oficiales.

La Asamblea aprobó la Ley de Solidaridad Nacional con base en una propuesta presentada por el presidente Noboa en mayo. La ley faculta al presidente a declarar la existencia de un conflicto armado, lo que permite a las fuerzas de seguridad emplear fuerza letal en situaciones que, de otra forma, estarían prohibidas por el derecho internacional de los derechos humanos y la legislación ecuatoriana. El aparente propósito de la ley es otorgar a las autoridades mayor libertad en la lucha contra la delincuencia a costa de eliminar protecciones fundamentales de derechos humanos.

La Corte Constitucional ha rechazado en varias ocasiones la causal de “conflicto armado interno” para las declaratorias de estado de excepción del presidente Noboa. La Corte concluyó que los argumentos presentados por el gobierno no permitían verificar el cumplimiento de los criterios establecidos por el derecho internacional para la configuración de un conflicto armado.

Conforme a la Constitución del Ecuador, los estados de excepción tienen limitaciones en cuanto a su duración y a los derechos que pueden suspenderse, y están sujetos al control de la Corte Constitucional. La nueva ley crea un régimen jurídico especial que intenta evadir el marco constitucional de los estados de excepción, incluyendo el control de la Corte Constitucional.

El marco legal de “conflicto armado” establecido por la Ley de Solidaridad Nacional abre la puerta a graves violaciones de los derechos humanos y tendrá consecuencias para los ecuatorianos, señaló Human Rights Watch. La ley permite a las fuerzas de seguridad realizar allanamientos sin orden judicial y omitir las restricciones al uso de la fuerza letal que son esenciales para una actuación de las fuerzas de seguridad que respete los derechos humanos.

La ley define de manera imprecisa a los “grupos armados organizados” que pueden ser considerados parte en un conflicto armado, e incluye a aquellos conformados por tan solo tres integrantes que ejerzan “violencia prolongada”. Además, la ley otorga a las fuerzas del orden la autoridad para determinar qué grupos pueden ser considerados como parte en el conflicto.

La ley también permite al presidente indultar a los miembros de las fuerzas de seguridad que estén siendo investigados por delitos cometidos durante el supuesto “conflicto armado”. Asimismo, prohíbe el uso de la prisión preventiva, el arresto domiciliario o el uso de dispositivos electrónicos contra los miembros de las fuerzas de seguridad investigados y establece que seguirán desempeñando sus funciones aunque estén siendo investigados.

La Ley de Inteligencia establece un Sistema Nacional de Inteligencia compuesto por organismos militares, policiales, financieros, tributarios, aduaneros, penitenciarios y de seguridad presidencial, todos ellos coordinados por una entidad rectora cuya máxima autoridad es designada por el presidente.

La Ley de Inteligencia contiene disposiciones peligrosas que parecen contravenir las protecciones constitucionales relativas al derecho a la protección de datos personales, las cuales requieren la autorización del titular o un mandato legal para su recopilación. Asimismo, estas disposiciones afectan el derecho a la intimidad personal y familiar, así como el derecho a la inviolabilidad y al secreto de todo tipo o forma de comunicación. De acuerdo con la Constitución, el acceso a esta información solo está permitido en los casos previstos por la ley y con previa intervención judicial.

Según la nueva ley, las entidades estatales, las instituciones públicas y privadas, las empresas y los particulares están obligados sin excepción a proporcionar información al sistema de inteligencia. No se requiere ninguna orden judicial. Esto incluye a las operadoras de servicios de telecomunicaciones, que estarán obligadas a entregar información tanto histórica como en tiempo real sobre las comunicaciones y conexiones de las personas sin necesidad de una orden judicial. Además, el Sistema Nacional de Inteligencia podrá interceptar comunicaciones por motivos vagos de “seguridad integral del Estado” sin orden judicial.

Estas disposiciones socavan la intimidad e interfieren en el derecho a la vida privada y a la correspondencia, señaló Human Rights Watch. La ley también podría crear un efecto inhibidor para la libertad de expresión y poner en peligro profesiones protegidas por la confidencialidad, como médicos, abogados y periodistas, al exigirles potencialmente que revelen información sensible.

Estas leyes deberían revisarse para asegurar que cumplen con la Constitución y con las obligaciones internacionales de derechos humanos de Ecuador.

“Los ecuatorianos no deberían tener que elegir entre seguridad y derechos humanos”, afirmó Goebertus. “Una seguridad duradera no se logra otorgando poderes ilimitados a los organismos de seguridad e inteligencia, sino fortaleciendo el sistema judicial, desmantelando las economías ilícitas y defendiendo el Estado de derecho”.

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