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Arrendatarios vs. Dueños: ¿Quién sale ganando y quién perdiendo con la posible nueva Ley de Alquileres?

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El espíritu de esta legislación implica un nuevo ejercicio de convivencia para ambas partes", afirmó Paulino.

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Durante su participación en el programa El Sol de los Sábados, emitido por Zol 106.5 FM del grupo RCC Media, la presidenta de la Organización Nacional de Protección al Consumidor (ONPECO), Altagracia Paulino, manifestó su apoyo al nuevo proyecto de Ley de Alquileres, resaltando su potencial para equilibrar las relaciones entre inquilinos y propietarios.

“Por primera vez estoy de acuerdo con una ley. El espíritu de esta legislación implica un nuevo ejercicio de convivencia para ambas partes”, afirmó Paulino.

La experta enfatizó la necesidad de revisar cláusulas contractuales abusivas y sugirió que la ley incluya un componente social, como planes de alquiler asequibles dentro de una política de vivienda digna.

Asimismo, propuso establecer límites razonables para los retrasos en los pagos y fomentar la capacitación de los involucrados para evitar desalojos conflictivos.

Por su parte, el abogado Blas Minaya recordó que las normativas sobre arrendamientos ya están contempladas desde 1804 en el Código Civil, además de la Ley 43-17 y un decreto de 1959. Sin embargo, criticó que el nuevo proyecto repite disposiciones anteriores sin aportar soluciones reales.

“El único problema real es la mora judicial. Los procesos de desalojo duran años innecesariamente”, señaló Minaya, quien también advirtió sobre la inconveniencia de involucrar a las alcaldías en la ejecución de la ley.

Ambos expertos coincidieron en que, si bien la ley tiene buenas intenciones, su éxito dependerá de una aplicación justa, clara y eficiente, así como de la preparación adecuada de jueces y partes involucradas.

Mientras que el abogado Jean Cristofer Pérez también expresó su respaldo al estudio del proyecto de Ley de Alquileres.

Sin embargo, alertó que la separación entre alquileres de locales comerciales y de viviendas podría perjudicar a los propietarios.

“¿Qué ocurre al separar estos alquileres? Que, obviamente, pasarán al procedimiento común del Juzgado de Primera Instancia, lo que eliminaría la celeridad en los procesos. Esto podría interpretarse como un perjuicio para los propietarios de locales comerciales”, explicó Pérez.

**Lo que dice el proyecto**

Los propietarios o arrendadores de viviendas, abogados y alguaciles que realicen o ejecuten desalojos sin las formalidades dispuestas en la Ley de Alquileres de Bienes Inmuebles y Desahucios, en proceso de aprobación, serán sancionados con pena de tres a cinco años de prisión y multa de diez a veinte salarios mínimos del sector público.

El proyecto de Ley, autoría del presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, ya fue aprobado en primera lectura, enviado a vistas públicas para el próximo jueves, otorga facultades a los juzgados de paz para tratar en primera instancia los conflictos que se produzcan entre inquilinos y propietario, pero estos deben priorizar la conciliación entre las partes.

El presidente de la comisión especial que estudia el proyecto, diputado Amado Díaz, en su motivación al Pleno de la CD resaltó que la normativa dispone la prohibición a abogados y propietarios ejecutar desalojos arbitrarios sin órdenes judiciales, una práctica muy utilizada hasta el momento.

También establece sanciones para jueces negligentes en el caso de denegación de justicia, entre otras disposiciones, ya que RD solo dispone de un decreto emitido hace 66 años, por el dictador Rafael Leónida Trujillo.

**Castiga abusos**

Los propietarios, arrendadores, abogados y alguaciles que realicen o ejecuten desalojos sin las formalidades dispuestas en la presente ley, serán sancionados con pena de tres a cinco años de prisión y multa de diez a veinte salarios mínimos del sector público.

El juzgado de primera instancia está facultado para conocer de cualquier demanda, contestación o controversia que constituya un ejercicio temerario o un abuso de las vías de derecho.

Advierte que de las actuaciones temerarias de los abogados y de los alguaciles se informará a la Suprema Corte de Justicia, la Procuraduría General de la República y al Colegio de Abogados de la República Dominicana.

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